Resumen general medidas Coronavirus actualizadas a 20 de abril

Resumen general medidas Coronavirus actualizadas a 20 de abril

Resumen general medidas Coronavirus actualizadas a 20 de abril

Coronavirus, Resumen de medidas (Coronavirus)

20/04/2022

A lo largo de los últimos meses se han ido sucediendo diferentes medidas relacionadas con la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19 (coronavirus).

Estas son las principales medidas que pueden afectar a las empresas actualmente dado que la situación y la normativa evoluciona día a día.

a) Hacienda foral de Navarra

Ø Exención en la cuota gradual del AJD para las escrituras que formalicen novaciones de préstamos y créditos hipotecarios al amparo de las medidas urgentes ante el COVID-19.

Ø IRPF, I/SOCIEDADES, IRNR: Pérdidas por deterioro en créditos por insolvencia de clientes deudores  (ver art. 20.1-1º A/ LF 26/2016).

Se modifica la antigüedad exigida para deducir las pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de las posibles insolvencias de deudores de forma que los seis meses que se exige que hayan transcurrido entre el vencimiento de la obligación y el devengo del Impuesto se reducen a tres meses para las pequeñas empresas y autónomos, con el objeto de que puedan acelerar la incorporación en la base imponible de tales pérdidas en los períodos impositivos que se inicien en los años 2020 y 2021.

También se reduce de seis meses a tres meses el plazo exigido por el art. 12.1.e.b.) del DF 174/1999 para deducir los saldos de dudoso cobro para los ejercicios 2020 y 2021. Este plazo puede ser modificado reglamentariamente.

a) Financiación:

  • Creación de una línea de avales y garantías públicas estatales y regionales a la financiación concedida por entidades financieras para atender sus necesidades de gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimiento de obligaciones financieras o tributarias, liquidez. Más información sobre estas líneas pinche aquí y aquí.
  • Ampliación de las líneas ICO de financiación a empresas y autónomos.
  • Línea de cobertura aseguradora para PYMES exportadoras.
  • Programas de apoyo a la digitalización y la I+D de las PYMES, que facilitarán la implantación del teletrabajo.
  • Posibilidad de prolongar el periodo de amortización de los préstamos suscritos por titulares de explotaciones agrarias.
  • Flexibilización de préstamos o ayudas de la Secretaría General de Industria y de la Pyme.(SGIPYME).
  • Se habilita al ICEX la devolución de gastos por la participación en ferias u otras actividades de promoción internacional que hayan sido convocadas por la institución y se hayan visto canceladas, aplazadas o afectadas por el COVID-19.
  • Se suspende, durante un periodo de un año y sin necesidad de solicitud previa, el pago de intereses y amortizaciones de los créditos concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo (EMPRENDETUR)
  • Aplazamiento de reembolso de préstamos concedidos por Comunidades Autónomas o entidades locales a empresarios y autónomos afectados por la crisis sanitaria.
  • Aplazamientos de los préstamos suscritos con IDAE.
  • Fondo de recapitalización empresas covid

b) Sociedades mercantiles:

  • Durante el ejercicio de 2021, podrán realizarse por videoconferencia las juntas de socios, sesiones de los órganos de administración, consejo rector de las sociedades cooperativas, patronato de las fundaciones siempre que todos los miembros tengan los medios necesarios y se reconozca la identidad de cada uno.
  • Reparto de dividendos: Hasta el 28 de febrero de 2022, las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas que se acojan a los ERTEs regulados en el RD-LEY 18/2021 y que utilicen los recursos públicos destinados a los mismos no podrán proceder al reparto de dividendos correspondientes al ejercicio fiscal en que se apliquen estos ERTEs.Solo podrán hacerlo si abonan previamente el importe correspondiente a la exoneración aplicada a las cuotas de la Seguridad Social y han renunciado a ella.Los destinatarios de la Línea Covid de Ayudas Directas no podrán repartir dividendos durante el año 2021 y 2022.
  • No se tomarán en consideración a los efectos de determinar la causa de disolución las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021.

c) Concurso de acreedores:

  • Aplazamiento para solicitar el concurso: Se amplía la suspensión del deber de solicitar la declaración de concurso de acreedores hasta el 30 de junio de 2022.
  • Concursos necesarios: Los jueces no admitirán a trámite las solicitudes de Concurso necesario que se hayan presentado hasta el 30 de junio de 2022.
  • Modificaciones en las fases concursales de convenio, liquidación, acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pagos en relación al estado de alarma.
  • Modificaciones en la calificación de créditos ordinarios y contra la masa.

a) Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio de las personas trabajadoras por cuenta propia o ajena como consecuencia del virus COVID-19.

b) ERTES.

Principales claves de la prorroga de los ERTE hasta el 31 de marzo de 2022

Medidas para la protección de los trabajadores autónomos.

c) Duración de los contratos temporales:

Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales incluidos los formativos, de relevo, e interinidad durante todo el periodo que duren los ERTES por causas derivadas del COVID-19. Es decir, no se podrán extinguir contratos temporales mientras dure el ERTE por causa de la terminación de su duración, pues el cómputo de su duración ha quedado paralizado y se reanudará al finalizar el ERTE.

d) Prestaciones por desempleo ERTE Covid y para fijos discontinuos:

Descarga aquí el manual con las indicaciones para la solicitud de las prestaciones durante el periodo de prórroga de los ERTEs-Covid desde el 1 de noviembre, de conformidad con el Real Decreto-ley 18/2021 de 28 de septiembre.

e) Régimen sancionador y reintegro de prestaciones indebidas:

Las solicitudes presentadas por la empresa que contuvieran falsedades o incorrecciones en los datos facilitados darán lugar a las sanciones correspondientes.

Puede acceder a nuestro especial autónomos aquí

a.1) Exención de cotizaciones para autónomos.

a.2) Prestación de cese de actividad por suspensión temporal total por la autoridad competente.

a.3) Prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia.

a.4) Prestación extraordinaria para trabajadores autónomos que hayan cobrado prestaciones del art.7 o art.8 del RDL 11/2021 hasta 30/09/2021.

a.5) Prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada.

b) Derecho a percepción del bono social eléctrico. 

c) Compatibilidad del subsidio por cuidado de menor y cese de actividad durante la permanencia del estado de alarma.

d) Prestación por baja.

e) Ayuda al alquiler del programa EmanZipa para autónomos a los que se les haya concedido la ayuda para autónomos del Gobierno de Navarra. Más información aquí.

f) Medidas para el sector turístico.
Más información aquí.

g) Medidas para el sector transporte.
Más información aquí.

h) Ayudas para autónomos y PYMES de Ayuntamientos de Navarra

Barañain bonos

 

a)  Plazos procesales suspendidos: Desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos procesales.

b) Plazos administrativos suspendidos: Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará.

c) Plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones suspendidos: Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones

d) Tendrán prioridad en la tramitación judicial, entre otros, los procesos concursales que se presenten, asuntos laborales relacionados con despido o extinción del contrato de trabajo, procesos por la no aceptación de moratorias en las rentas o en las hipotecas.

e) Se declaran hábiles, para todas las actuaciones judiciales, los días 11 a 31 de agosto de 2020, exceptuándose sábados, domingos y festivos, y salvo para aquellas actuaciones judiciales en los que estos días ya sean hábiles conforme a las leyes procesales.

a) Moratoria de préstamos hipotecarios otorgados para la financiación de inmuebles afectos a una actividad turística.

b) Bonificación del 50% del pago de aranceles notariales y del Registro de la Propiedad.

c) Exención del pago de ITP-AJD.

d) Ertes. Exoneración de cotizaciones.

e) Personas trabajadoras fijas discontinuas.

f) Arrendamientos de local (Fuera de plazo de solicitud).

Puedes leer todos los detalles aquí.

a) Prohibición de desahucios de viviendas para colectivos vulnerables hasta el 30 de septiembre de 2022.

b) Línea de avales a través del ICO para que los inquilinos en situación vulnerable puedan hacer frente al pago del alquiler con un plazo de devolución de hasta 10 años.

c) Nuevo programa de ayudas al alquiler de la vivienda habitual para personas vulnerables que tengan problemas transitorios para atender al pago del alquiler.

d) Aplazamiento en el pago de las hipotecas e inaplicación de intereses moratorios para quienes hayan perdido su empleo o reducido sus ingresos.

e) Suspensión temporal de las obligaciones derivadas de préstamos y créditos sin garantía hipotecaria vigentes para personas vulnerables. Esta medida aplicará también a fiadores y avalistas.

f) Nuevo subsidio para empleadas del hogar afectadas por el cese o reducción de actividad y para trabajadores temporales cuyo contrato finalice y que no tuviesen derecho a prestación.

g) Prohibición de corte de suministros básicos en la vivienda habitual.

h) Bono social eléctrico.

i) Rescate de las aportaciones realizadas a planes de pensiones.

j) Ayudas económicas para favorecer la conciliación a familias monoparentales.

Recordar que la normativa de protección de datos permite que el empleador comunique la circunstancia de que un trabajador está infectado para proteger la salud del resto de la plantilla en estas circunstancias excepcionales, siempre protegiendo en la medida de lo posible el anonimato respecto de los datos de esa persona.

Puedes consultar nuestro especial Protección de Datos y Covid19 haciendo click aquí.

Os recomendamos que os pongáis en contacto con vuestro servicio de Prevención de riesgos laborales o la Mutua correspondiente para que os hagan llegar sus directrices en cuanto a la guía de actuación en empresas.

Puedes encontrar en nuestro apartado CORONAVIRUS varios consejos y protocolos referentes a la seguridad laboral.

Duración:

Estas medidas serán de aplicación hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Deber de cautela y protección:

Todos los ciudadanos deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos

Uso de la mascarilla:

Deja de ser obligatorio llevar mascarilla en espacios interiores.

Sí es obligatoria:

  • En los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • En los centros sociosanitariostrabajadores/as y visitantes cuando estén en zonas compartidas.
  • En medios de transporte: aéreo, ferroviario y por carretera. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

No es obligatoria:

  • Para las personas con algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda agravarse por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla.
  • En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, según las indicaciones de las autoridades sanitarias.
  • En los andenes y en las estaciones.

Relación de medidas preventivas básicas

 

Medidas extraordinarias en las residencias sociosanitarias

Medidas preventivas para el acceso de familiares y visitantes a los centros sociosanitarios
  • Familiares y otros visitantes tendrán que hacer uso de mascarillas en el centro.
  • Se permiten las visitas a personas usuarias afectas de COVID-19 o identificadas como contacto estrecho. Se recuerda la indicación para las personas especialmente vulnerables de evitar las visitas durante el periodo que dure la infección de su familiar.
  • No podrá realizar visitas ninguna persona afectada de COVID-19 o identificada como contacto estrecho.
  • Las visitas podrán reunirse con las personas usuarias en las habitaciones y zonas comunes del centro, respetando las medidas preventivas, las rutinas y la vida cotidiana de las personas.
  • Se recomienda el uso de espacios exteriores.
  • La persona usuaria o sus visitantes tienen la obligación de informar a la dirección del centro si presentasen síntomas compatibles de COVID- 19 en los 10 días posteriores a la visita.

Medidas preventivas para las salidas de las personas usuarias del centro residencial

  • Todas las salidas deberán realizarse manteniendo las medidas de seguridad exigidas para el conjunto de la población.
  • No se permitirán salidas fuera del centro a las personas con COVID-19 ni a aquellas en situación de cuarentena, indicada por la imposibilidad de cumplir las medidas preventiva.

Para más información sobre la normativa vigente y sobre las recomendaciones de visitas y salidas: seccion.sociosanitaria@navarra.es.

Medidas en centros educativos

En el ámbito educativo no se establece ninguna actuación ni medidas específicas dirigidas a casos o contactos diferentes a las definidas para la población general.

Otras medidas

  • Continúa vigente la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima con otras personas de al menos 2 metros. 
  • Tampoco están permitidos los botellones en la vía pública, parques o plazas.
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