Subvenciones para la promoción de empresas artesanas en Navarra, año 2023

Subvenciones para la promoción de empresas artesanas en Navarra, año 2023

Subvenciones para la promoción de empresas artesanas en Navarra, año 2023

Subvenciones caducadas

04/08/2023

Ayudas para el desarrollo de acciones para de incrementar su competitividad, mediante el fomento de las actividades de comercialización y de promoción de sus productos y de aquellas actividades que incidan en la mejora del grado de formación de sus trabajadores, al objeto de impulsar su desarrollo y su fortalecimiento.

¿Quién convoca las ayudas?

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA – DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPRESARIA.

¿A quién van dirigidas?

Autónomos o emprendedores, PYMEs.

¿En qué consiste la ayuda?

Se consideran subvencionables la realización de las siguientes actuaciones:

a) Participación en ferias, exposiciones y eventos similares.

b) Actuaciones de promoción, publicidad y diseño.

c) Asistencia a cursos de formación.

d) Cuotas de adhesión a plataformas de ventas on line o market place.

Gastos subvencionables en función de la clase de actuación:

a) Participación en ferias, exposiciones y eventos similares.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

a) El importe de la subvención será el obtenido tras aplicar los porcentajes señalados a continuación sobre los gastos subvencionables (IVA excluido) con los siguientes máximos:

CLASE DE ACTUACIÓN SUBVENCIONABLE % SUBVENCIÓN IMPORTE MÁXIMO
A) Participación en ferias, exposiciones y eventos similares 50 1.700 euros por feria
y 6.000 en conjunto
B) Promoción, publicidad y diseño 50 2.000
C) Cursos de formación 50 2.000
D) Cuotas de adhesión a plataformas de ventas on line, market place 50 600

b) Por los gastos de alojamiento y manutención de las clases de actuaciones A) y C), se admite como gasto subvencionable el correspondiente a una persona por empresa artesana, por un importe máximo de 150 euros/día (90 euros por alojamiento y 60 euros por gastos de manutención a razón de 20 euros como máximo por comida).

Si las actuaciones anteriores tienen lugar en el extranjero, el importe del gasto subvencionable máximo es de 180 euros/día (120 euros por alojamiento y 60 euros por gastos de manutención a razón de 20 euros como máximo por comida).

En ambos casos, los gastos de alojamiento y de manutención deben estar debidamente justificados mediante tickets o facturas con sus correspondientes comprobantes de pago.

c) La subvención máxima que puede obtener una empresa en la convocatoria es de 8.000 euros.

Plazo de ejecución

Las actuaciones deben ejecutarse entre el 12 de noviembre de 2022 y el 13 de noviembre de 2023, ambos inclusive. A estos efectos se entenderá que están realizadas cuando se hayan facturado y pagado en ese periodo.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Apertura el 18/09/2023 y cierre el 06/10/2023.

MÁS INFORMACIÓN: aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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