Subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social

Subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social

Subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social

Ayudas y subvenciones, Economía social

08/04/2024

Apoyo a la creación de nuevas empresas y a la transformación de entidades con actividad empresarial en empresas de economía social, y a través de la realización de asistencias técnicas a empresas de economía social.

¿Qué actividades son subvencionables?

1. Acciones de apoyo a la creación de nuevas empresas 

  1. Atención y valoración del proyecto.
  2. Información y asesoramiento sobre el modelo de empresa de economía social.
  3. Definición del modelo de negocio.
  4. Asesoramiento a las personas trabajadoras en los procesos de transformación y/o reconversión.
  5. Análisis de la situación de cada persona emprendedora: situación laboral, contratos, capitalización, etc.
  6. Tramitación de la constitución de la nueva empresa.
  7. Ayuda en el acceso a la financiación.

La creación o transformación deberá ser en microcooperativas o cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, con domicilio fiscal y centro de trabajo en Navarra.

Se acogerán las calificaciones emitidas entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024.

 2. Asistencias técnicas

  1. Asesoramiento a empresas de economía social para favorecer su gestión empresarial, mejorar la competitividad y fomentar el empleo.
  2. Realizar diagnósticos, implantación o evaluación de planes de acción que favorezcan el desarrollo e implantación del modelo de Economía Social.

¿Cuáles son las entidades beneficiarias?

  • Subvenciones a acciones de apoyo a la creación o transformación.
    Las microcooperativas o cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
  • Subvenciones para asistencias técnicas.
    • Las microcooperativas y cooperativas de trabajo asociado.
    • Las sociedades laborales.
    • Las empresas de inserción.
    • Las fundaciones.
    • Los centros especiales de empleo.
    • Las cooperativas del Sector Agrario.

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

Creación y transformación en empresas de economía social: Hasta 85% del coste de la actividad subvencionable, con un máximo de 4.000 euros por empresa.

Asistencias técnicas: 75% del coste del proyecto con un máximo de 6.000 euros por solicitud.

Plazo de solicitud

  • Para la creación o la transformación: el plazo de presentación de las solicitudes será de 3 meses contados desde el día siguiente a la fecha de la calificación como empresa de economía social, siempre y cuando se hubiera publicado la autorización de gasto correspondiente.

En caso contrario, el plazo será de 3 meses contados desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización (26/3/2024).

En todo caso, el plazo finalizará el 31 de agosto de cada año.

  • Para la asistencia técnica: el plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes contado desde el día siguiente del último pago bancario realizado de las facturas presentadas acogibles, siempre y cuando se hubiera publicado la autorización de gasto correspondiente.

En caso contrario, el plazo será de 1 mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización. (26/3/2024).

Aquellas empresas que hayan comenzado la asistencia técnica a partir del 1 de noviembre de 2023 y la hayan terminado y pagado totalmente antes de la fecha de publicación del gasto en 2024 (26 de marzo de 2024) tendrán un plazo de solicitud de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación del gasto (hasta el 26 de abril de 2024).

Aquellas empresas que inicien la asistencia técnica a partir del 1 de noviembre de 2023 y el último pago bancario de las facturas sea posterior a la fecha de publicación del gasto, tendrán un plazo de solicitud de un mes contado desde el día siguiente del último pago bancario de las facturas de la asistencia técnica.

En todo caso, el plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2024.

MÁS INFORMACIÓN: aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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