Subvenciones a las pymes turísticas para fomentar la calidad e innovación en la comunicación y promoción de productos y servicios turísticos

Subvenciones a las pymes turísticas para fomentar la calidad e innovación en la comunicación y promoción de productos y servicios turísticos

Subvenciones a las pymes turísticas para fomentar la calidad e innovación en la comunicación y promoción de productos y servicios turísticos

Ayudas y subvenciones, Empresas turísticas

08/07/2024

¿Para qué es esta ayuda?

Potenciar la obtención y el mantenimiento de la certificación Q de calidad turística en sus establecimientos, así como para la obtención de otras acreditaciones de carácter medioambiental, de sostenibilidad, accesibilidad o de eficiencia energética.

¿Quién puede pedirla?

Las PYMEs que, en la fecha de presentación de la solicitud, figuren como titulares de un establecimiento turístico, una agencia de viajes o una empresa de turismo activo y/o cultural en el Registro de Turismo de Navarra. Deberán corresponderse con una de las siguientes:

  • Establecimientos hoteleros: hoteles, hostales y pensiones
  • Casas rurales y apartamentos turísticos
  • Campamentos de turismo
  • Albergues turísticos
  • Empresas de turismo activo y/o cultural
  • Restaurantes
  • Agencias de viaje

Además, el establecimiento turístico donde se desarrolle la actuación objeto de la ayuda o la agencia de viajes o la empresa de turismo activo y/o cultural que la realice deben figurar inscritos en el Registro de Turismo de Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2024.

Líneas

  • a) Obtención y mantenimiento de certificaciones y/o reconocimientos.
  • b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción.
  • c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y servicios.

¿En qué consiste la ayuda?

  • a) Obtención y mantenimiento de certificaciones y/o reconocimientos:
    – 100% del coste de cuota adhesión
    – 2.500 euros máximo por gastos auditoría de certificación y/o renovación.
    – 2.500 por gastos de asistencias técnicas de consultorías externa para realizar la certificación y/ o reconocimiento inicial.
  • b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción
    – Inversión mínima requerida de 1.500 euros por cada uno de los dos conceptos (3.000 euros en caso de presentarse a ambos).
    – Presupuesto máximo admisible 5.000 euros por cada uno de los dos conceptos (10.000 en caso de presentarse a ambos)
  • c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y servicios
    – 50% de gastos de viaje.
    – 50% de los gastos de alojamiento y manutención, con un tope de 200 euros de presupuesto máximo por día.
    – Se admiten los gastos de 1 persona por empresa y un máximo de 3 días por viaje

¿Qué gastos o acciones cubre?

El importe de la subvención a fondo perdido será el que se obtenga tras aplicar los porcentajes señalados a continuación sobre los gastos subvencionables (IVA excluido):

  • a) Obtención y mantenimiento de certificaciones y/o reconocimientos:
    – Cuota de adhesión a la marca, de certificación y/ o de reconocimiento inicial.
    – Auditoría externa para la certificación y/o renovación.
    – Asistencia técnica de consultorías externas de apoyo a la implantación para la certificación o reconocimiento inicial.
  • b) Gastos de innovación en la comunicación y promoción
    – Campañas de comunicación y de promoción digitales y on line relativos a productos y ofertas específicas.- Actualización y adaptación de páginas webs que supongan una innovación que aporte valor sobre las existente/s.
  • c) Gastos de viaje de presentaciones de productos y servicios
    – Son subvencionables aquellos gastos de viaje, alojamiento y manutención realizados por las PYMES de turismo para la presentación de forma presencial de sus productos y ofertas en eventos, ferias, presentaciones y similares realizadas fuera de Navarra, siempre que dicha oferta de productos y servicios contribuya con la estrategia de Navarra de impulsar un turismo sostenible e inclusivo.

Plazos de ejecución de la ayuda

Son subvencionables los gastos realizados y facturados dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero
de 2024 y el 15 de noviembre de 2024, ambos inclusive.

Plazos para la solicitud

El plazo de solicitud es desde el 06/07/2024 hasta el 30/09/2024.

MÁS INFORMACIÓN: aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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