Ayudas compensatorias por costes de gas natural

Ayudas compensatorias por costes de gas natural

Ayudas compensatorias por costes de gas natural

Subvenciones caducadas

08/08/2023

¿Quiénes son los beneficiarios?

Personas jurídicas de derecho privado, cualquiera que sea su forma jurídica, que:

  • Realicen en cada una de las instalaciones para las que solicite la subvención una o varias actividades incluidas en el anexo del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
  • Haber consumido más de 1,5 GWh al año de gas natural durante, al menos, uno de los dos años anteriores al de la convocatoria.
  • Acreditar que el cociente entre el consumo anual de gas natural y valor añadido bruto anual de cada una de las instalaciones operadas por el beneficiario para las que solicite la ayuda ha sido igual o superior a 1,5 kWh/€ durante, al menos, uno de los dos años anteriores al de la convocatoria.

La ayuda máxima será de hasta un 50% de los costes subvencionables y hasta 4 millones de euros por grupo empresarial, o bien de hasta un 40% de los costes subvencionables y hasta 25 millones de euros por grupo empresarial en caso de que se acredite una reducción del EBITDA del 30% en 2022 con respecto a 2021.

MÁS INFORMACIÓN: Aquí.

Contacto:

91 3494845

uco2dgipyme@mincotur.es

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde 27/07/2023 hasta 24/08/2023.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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