Subvenciones para apoyo y fomento del autoempleo en Zizur Mayor. Proyecto “Inicia 2024”

Subvenciones para apoyo y fomento del autoempleo en Zizur Mayor. Proyecto “Inicia 2024”

Subvenciones para apoyo y fomento del autoempleo en Zizur Mayor. Proyecto “Inicia 2024”

Ayudas y subvenciones, Emprendimiento

08/08/2023

Ayudas para subvencionar los gastos de creación y puesta en marcha de nuevas actividades económicas por parte de personas emprendedoras en el término municipal de Zizur Mayor-Zizur Nagusia. Se busca aumentar el número de empresas creadas en la localidad para generar empleo y contribuir al desarrollo económico y social de la zona, fomentando el autoempleo y apoyando iniciativas innovadoras.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Trabajadoras y trabajadores autónomos, que hayan comenzado la actividad empresarial durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.

Para ser beneficiario de la ayuda, la persona solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. Establecerse como trabajador o trabajadora autónoma en el Régimen Especial de la Seguridad Social.

2. Estar empadronada en Zizur Mayor, a menos que la actividad se ejerza en un local y oficina ubicados en la localidad con un uso diferente al de vivienda.

3. No hallarse en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4. Estar al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, acreditándolo mediante las certificaciones correspondientes.

5. Si dispone de un local, este debe estar abierto o tener la licencia de apertura solicitada al Ayuntamiento de Zizur Mayor en el momento de la concesión de la subvención.

 

¿En qué consiste la ayuda?

El monto máximo de la ayuda es de 1.500 € por persona beneficiaria o sociedad. Sin embargo, hay excepciones para grupos de especial interés que pueden recibir cantidades mayores, hasta 2.000 € en ciertos casos.

¿Qué gastos o acciones me cubre?

Los gastos subvencionables de esta ayuda incluyen:

1. **Gastos iniciales**:

  • Licencia de apertura.
  • Licencia de obra del local adscrito a la actividad económica.

2. **Gastos generales del primer año de actividad**:

  • Gastos corrientes de alquiler de local ubicado en Zizur Mayor (si el alquiler ha sido declarado en el IAE antes de la presentación de la solicitud).
  • Gastos de agua, calefacción, luz, teléfono e internet (adscritos a la actividad económica).
  • Asesoría laboral y contable relacionada con la actividad económica.
  • Seguros relacionados con la actividad económica.
  • Gastos de publicidad (con un límite de 450 €).
  • Gastos de creación de página web y aplicaciones informáticas (con un límite de 650 €).
  • Gastos notariales ocasionados por el inicio de la actividad.

Es importante tener en cuenta que algunos gastos están excluidos, como los alquileres con relación jurídica o de parentesco entre arrendatario y arrendadora, y los gastos que tengan la sede del negocio en la vivienda habitual.

Plazos de ejecución de la ayuda

El plazo de ejecución de la ayuda es de un año a partir de la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Durante este tiempo, la persona beneficiaria debe mantener y justificar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.

PLAZO DE SOLICITUD: del 23/08/2024 al 31/10/2024.

MÁS INFORMACIÓN: Aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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