Ayudas y subvenciones, Emprendimiento
05/03/2026
¿Cuál es el objeto de esta ayuda?
Ayudar económicamente a personas emprendedoras empadronadas en Zizur Mayor que creen nuevas actividades económicas. Se subvencionan gastos iniciales y gastos generales del primer año de actividad.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
- Subvención del 100% de los gastos subvencionables (sin IVA).
- Límite general por persona o sociedad: 1.500 €.
¿Quiénes son los beneficiarios?
1. Personas trabajadoras autónomas
2. Sociedades:
- Personas que forman parte de algún tipo de sociedad (irregular, limitada, cooperativa, etc.) deben aportar el acta de constitución de la sociedad, donde conste el número de socios y su representatividad. La ayuda se concederá a la sociedad y no a cada trabajador individualmente.
3. Personas autónomas que solicitaron la ayuda en 2025 siempre que hayan presentado la solicitud correctamente en 2025 y no pudieron recibir la ayuda total o parcialmente por falta de presupuesto. No necesitan presentar nueva solicitud, pero sí aportar documentación adicional si se les requiere.
Importes ampliados para grupos de especial interés
Según situación personal, pueden aumentar:
| Grupo |
Importe
máximo |
| Empadronados >1 año / autónomos con empleo parcial o en ERTE |
1.600 € |
Personas
desempleadas de 25–44 años |
1.700 € |
Personas
desempleadas de 18–24 años |
1.800 € |
| Personas desempleadas de 45–65 años |
1.900 € |
Personas
desempleadas con discapacidad ≥33% |
2.000 € |
Incrementos adicionales:
- +20% si se justifica alquiler de local en Zizur Mayor declarado en el IAE.
- +10% para mujeres víctimas de violencia de género.
¿Qué gastos son subvencionables?
1. Gastos iniciales
- Licencia de apertura.
- Licencia de obra del local para la actividad.
2. Gastos generales primer año
- Alquiler de local en Zizur Mayor (con condiciones).
- Agua, luz, calefacción, teléfono, internet.
- Cuotas de Seguridad Social.
- Cuotas de colegios/asociaciones profesionales.
- Asesoría laboral y contable.
- Seguros afectos a la actividad.
- Publicidad (hasta 600 €).
- Creación de página web y software (hasta 1.000 €).
- Gastos notariales por inicio de actividad.
Gastos no subvencionables
- Alquiler entre familiares o vinculados.
- Alquiler si el negocio está en la vivienda habitual.
- Fianzas o pagos adelantados.
- Coworking Zizurlan.
- Derechos de enganche.
- Gastos de agua/luz/etc. si la actividad está en la vivienda.
¿Cuáles son los requisitos principales?
- Haber iniciado la actividad entre 1/10/2025 y 30/09/2026.
- Alta en el IAE de Zizur Mayor y domicilio del negocio en el municipio.
- Alta en el Régimen Especial de Autónomos.
- Estar empadronado en Zizur Mayor, salvo actividades con local (no vivienda).
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y el Ayuntamiento.
- Mantener la actividad al menos 1 año.
Exclusiones destacadas
- Autónomos que ya ejercieron la misma actividad en los últimos 12 meses.
- Actividades ya subvencionadas en convocatorias anteriores.
- Cambios de forma jurídica o ampliaciones de actividad (no se consideran nuevas).
- Traspasos por donación o herencia.
Plazo de solicitud
Hasta el 30/10/2026.
MÁS INFORMACIÓN: Aquí.
Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.