Subvenciones para acciones formativas con compromiso de contratación

Subvenciones para acciones formativas con compromiso de contratación

Subvenciones para acciones formativas con compromiso de contratación

Ayudas y subvenciones

27/01/2020

OBJETIVO: Concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas dirigidas preferentemente a personas desempleadas que incluyan compromisos de contratación, a desarrollar por las empresas o entidades que adquieran el citado compromiso en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
BENEFICIARIOS: Empresas, asociaciones u otras entidades ubicadas en Navarra que adquieran para sí mismas el compromiso de las personas participantes en las acciones formativas subvencionadas.

  1. Entidades de formación públicas o privadas. En este caso las entidades de formación podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas que efectuarán la contratación.
  2. Agrupaciones de entidades de formación, empresas y entidades citadas.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

  • La cuantía de la subvención por cada acción formativa no podrá exceden de los 8 euros por participante y hora de formación, en modalidad presencial.
  • En la modalidad de teleformación la cuantía no podrá exceder 6 euros por participante y hora de formación. Se considerará teleformación cuando la parte presencial que la acción formativa precise sea igual o inferior al 20% de su duración total.

COMPROMISO DE CONTRATACIÓN:
La entidad beneficiaria deberá contratar al menos el 40% de las personas cuya formación haya sido financiada por el Servicio Navarro de Empleo y que finalicen dicha formación.
La contratación debe realizarse en el plazo comprendido entre el segundo día de formación y seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización de la acción formativa.
Los contratos de trabajo se celebrarán preferentemente por tiempo indefinido o, en todo caso, con duración mínima de 6 meses cuando la jornada sea a tiempo completo o 9 meses cunado la jornada sea a tiempo parcial, y en este supuesto con una jornada diaria mínima del 50%. Si cesa por cualquier causa la persona contratada, se debe sustituir en un plazo máximo de 15 días por otra de las personas que hubiese finalizado la acción formativa.
ACCIONES FORMATIVAS:
Las acciones formativas podrán ejecutarse a partir del día siguiente a la fecha de resolución de la concesión de la subvención y deberán finalizar antes del 30 de junio del año siguiente.
Deben ir dirigidas a la adquisición de competencias profesionales, teóricas y/o prácticas.  Deben organizase por grupos con un máximo de 30 o de 25 en el caso de formación dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad.
PARTICIPANTES DE LAS ACCIONES FORMATIVAS:  Podrán participar en las acciones de formación previstas en esta convocatoria:

  1. Las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en las agencias del Servicio Navarro de empleo.
  2. Las personas ocupadas en situación de empleo precario. Se entenderá que una persona se encuentra en esta situación cuando su salario sea inferior al Salario mínimo interprofesional.

Las personas desempleadas que participen en las acciones formativas podrán ser beneficiarias de becas y ayudas en los términos que se establecen en la convocatoria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES:
Desde el 25 de Enero de 2020
Para acceder a la información completa, pincha aqui: Acciones formativas con compromiso de contratacion para 2020
 

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