Ayudas de fomento de la empresa digital en Navarra

Ayudas de fomento de la empresa digital en Navarra

Ayudas de fomento de la empresa digital en Navarra

Ayudas y subvenciones, Digitalización

20/04/2026

¿Para qué es esta ayuda?

Ayudas para promover la transición digital empresarial, mediante la implantación de soluciones tecnológicas digitales.

¿Quién puede pedirla?

Las PYMEs con establecimiento en Navarra y que estén dadas de alta en el IAE.

¿Cuál es la ayuda máxima a recibir?

30.000 €

Tipos de proyectos subvencionables (deberán estar terminados y abonados en la fecha de solicitud):

  • Tipo A: Implantación de soluciones tecnológicas digitales, que comprende dos modalidades:
    • Tipo A.1. Implantación de soluciones tecnológicas para la transformación digital de la empresa.
    • Tipo A.2. Implantación de soluciones tecnológicas para la transformación digital de una empresa que esté elaborando un Plan de Transformación Digital (PTD) y/o un Plan de Ciberseguridad (PCS).
  • Tipo B. Implantación de soluciones de transformación digital detectadas en el PTD y/o acciones en materia de ciberseguridad recogidas en el PCS.
  • Tipo C: Asesoramiento y formación en competencias digitales, que comprende dos modalidades:
    • Tipo C.1. Asesoramiento para la elaboración de un PTD y/o un PCS.
    • Tipo C.2. Formación del personal de la empresa en competencias digitales.

Gastos subvencionables, presupuesto mínimo y periodo de ejecución:

  • Gastos de consultoría y equivalentes por la elaboración y desarrollo del proyecto.
    • En el caso del proyecto tipo C.1 (Asesoramiento para la elaboración del PTD o PCS) el gasto máximo subvencionable será de 7.500 por cada uno de los planes.
  • Gastos de licencias de software específicas directamente relacionados con los proyectos tipo A o B. Estos gastos en ningún caso serán recurrentes, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la solicitante.
  • Gastos por la adquisición y puesta en marcha de bienes de equipo como hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, etc., directamente asociados a los proyectos tipo A o B.
    • Estos gastos no podrán exceder del 40 % del presupuesto total del proyecto.
    • Queda excluida la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, pantallas, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interfaz de captura de datos en procesos de fabricación.
  • Gastos de formación en competencias digitales al personal de la solicitante.
    • El gasto máximo subvencionable será de 2.000 euros por persona y curso.

Gasto mínimo tipos A y B: 5.000 euros (IVA excluido).

Gasto mínimo tipo C: 600 euros (IVA excluido).

¿Cuál es el periodo de ejecución de los gastos?

Los gastos deben haber sido realizados entre el 22 de noviembre de 2025 y la fecha de solicitud de la ayuda. A estos efectos, se entenderá que el gasto está realizado cuando se haya facturado y pagado dentro de dicho periodo.

Plazo de presentación

Pendiente publicación en el BON

Más información aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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