Ayudas varias Tudela 2022

Ayudas varias Tudela 2022

Ayudas varias Tudela 2022

Ayudas y subvenciones, Comercio, Contratación, Digitalización, Emprendimiento

22/07/2022

LÍNEA 1 – AYUDA A LA CREACIÓN DE NUEVAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES

¿Quiénes son los beneficiarios?

  • Los titulares de la empresa (referido a todos los socios, caso de sociedad la entidad solicitante) no habrán ejercido por cuenta propia la actividad económica objeto de la solicitud, ya sea de forma individual o en forma societaria, en los últimos 3 años antes de la fecha de puesta en marcha de la actividad solicitada, dentro del término municipal de Tudela.
  • Las empresas serán de nueva creación jurídica, y no se admite ampliación de actividades de las ya existentes, ni la apertura de delegaciones de similar actividad de empresas existentes, ni la transformación jurídica de la empresa.

¿Qué requisitos deben cumplirse?

  • Haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas del Ayuntamiento de Tudela, entre el 1 de octubre del año anterior y el 30 de septiembre del año en curso.
  • Haber solicitado y abonado las correspondientes licencias de obras, las necesarias y preceptivas para el ejercicio de la actividad de que se trate (actividades clasificadas o de apertura) e Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Contar con un informe de viabilidad del proyecto, tanto técnico como económico-financiero.
  • El proyecto será necesario mantenerlo durante 12 meses a partir del alta inicial en el IAE.

¿Qué gastos son subvencionables y cuáles son sus importes?

CONCEPTO

PORCENTAJE

TOPE

Alquiler local (máximo 6 meses) si no existe parentesco, ni es vivienda habitual, sin fianzas ni adelantos.

50%

300 euros/mes

Compra de nave industrial, si no existe parentesco.

50%

1.800 euros

Gastos de alta de suministros: agua, calefacción, gas y luz, si negocio no está en su vivienda habitual

50%

50 euros por concepto

Honorarios de notarios, registradores y relacionados con asesoramiento para puesta en marcha del negocio

50%

300 euros

Gastos en publicidad de lanzamiento: tales como edición de folletos, tarjetas, diseño de catálogos y logotipos, anuncios en medios de comunicación, rotulación

50%

400 euros

Registro domino web

50%

60 euros

Elaboración página web

50%

350 euros

Asistencia a cursos, jornadas y seminarios de los promotores que tengan como objeto la formación para la puesta en marcha de la actividad, realizados en los 18 meses anteriores, que no sean estudios de grado, master o postgrados.

50%

300 euros

Adquisición de activos fijos (ordenadores fijos o portátiles, impresoras, terminales de punto de venta, sistemas de etiquetaje, lectores de códigos, balanzas electrónicas, cajas registradoras. Una Tablet o ipad (Si es para vivienda habitual tope de ayuda 200 euros)

50%

400 euros

Adquisición de software o aplicaciones informáticas específicas para el desarrollo del negocio

50%

300 euros

Registro de marca y nombres comerciales

50%

150 euros

Derivados del diseño y construcción de prototipos

50%

200 euros

Cánones de entrada a franquicias…

50%

600 euros

 

Los promotores con edad inferior a 35 años, incrementarán la ayuda concedida en un 15%. En este caso todos los promotores de la actividad deberán ser menores de 35 años.

LÍNEA 2 – AYUDAS AL FOMENTO DEL EMPLEO

Contratos que supongan un incremento de la plantilla total de la empresa respecto de la existente con 6 meses de antelación a la fecha de la nueva contratación y cuya fecha de inicio esté comprendida entre el 1 de octubre de año anterior y el 30 de septiembre del año en curso.

¿Cuáles son los requisitos?

a) Las contrataciones se realizarán con personas desempleadas y previamente inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Navarro de Empleo durante un periodo de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a su contratación.

b) La condición de edad menor de 30 o mayor de 45 años deberá concurrir el día de inicio de la relación laboral objeto de subvención.

c) En el supuesto de contratos indefinidos por los que se solicite la subvención, la incorporación de los nuevos trabajadores deberá suponer en la empresa beneficiaria un incremento neto de la plantilla fija y de la plantilla total en relación el promedio de la plantilla de los seis meses anteriores a la contratación. Las contrataciones temporales por las que se solicite la subvención deberán suponer un incremento de la plantilla total en relación con el mismo periodo de tiempo.

d) La empresa deberá mantener a los trabajadores durante el periodo que establezca cada contrato de trabajo. (En el caso de que la persona contratada cause baja en la empresa, deberá sustituirse por otra persona, que cumpla con los mismos requisitos y en las mismas condiciones, en el plazo de un mes desde la fecha de baja, comunicándolo al Departamento de Comercio, Industria y Empleo del Ayuntamiento de Tudela en un plazo máximo de 15 días desde la fecha del nuevo contrato.

e) En el caso de contratación indefinida será requisito que se trate de personas desempleadas que no hayan tenido una relación laboral indefinida en la misma empresa en los 24 meses anteriores.

f) En el supuesto de contratación temporal el trabajador no deberá haber tenido una relación laboral previa con la empresa en el año anterior a la fecha del contrato.

g) Una vez concedida la subvención y transcurrido el plazo que marca la convocatoria para el cobro del 25% de subvención, el beneficiario deberá presentar copia de todas las nóminas y justificantes del abono de las mismas que hayan generado ese contrato.

¿Cuáles son las cuantías?

  • Hasta 2.800 euros por cada persona de incremento de plantilla con contrato de trabajo indefinido o con una duración de al menos 12 meses.
  • Hasta 1.300 euros en los contratos temporales por cada persona de incremento de plantilla con contrato mínimo de 6 meses, a jornada completa.

Si el contrato fuera a tiempo parcial, la cuantía de la subvención que pudiese corresponder se reducirá en la misma proporción que la jornada.

El contrato deberá mantenerse durante un tiempo de al menos 6 meses consecutivos.

En caso de convertir el contrato temporal en indefinido podrá solicitarse la cuantía restante a la ayuda que pudiera corresponder por tal modalidad de contratación.

LÍNEA 3 – AYUDAS POR RENOVACIÓN, REFORMA Y APERTURA DE LOCALES COMERCIALES

¿Cuáles son los requisitos?

Persona física o jurídica con un número de hasta 10 trabajadores, ubicado en el casco urbano residencial de Tudela, quedando excluidos los comercios que se localicen en los polígonos alrededor de la ciudad. Deberán mantener actividad 12 meses y realizar una inversión mínima de 3.000 euros.

¿Cuál es el importe de ayuda?

25-60% de la inversión en función de la ubicación del local.

¿Quiénes son los beneficiarios?

El establecimiento debe de estar integrado en alguna de las siguientes agrupaciones del IAE:
64, 65, 671, 672, 673, 676, 681, 682, 755, 933, 9331, 9332, 9339, 945, Agrupación 97.

Además de los epígrafes descritos anteriormente, en la zona del Casco Viejo de la ciudad de Tudela serán subvencionables también aquellos negocios que pertenezcan al sector de las industrias creativas y culturales en consonancia con el plan de Estrategia Comarcal de Especialización Inteligente Ribera Navarra.

LÍNEA 4 – MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE COMERCIOS Y EMPRESAS.

Ayudas para fomentar que las actividades económicas que se desarrollen en la ciudad de Tudela implementen herramientas de innovación tecnológica, básicamente a través de proyectos de comercio electrónico que les permita abrir un nuevo canal de venta complementario al tradicional.

¿Quiénes son los beneficiarios de la Línea 4?

  • Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas que estén dadas de alta en el IAE de la ciudad de Tudela y desarrollen la actividad en Tudela.
  • Los trabajos deberán haberse realizado entre el 1 de octubre del año anterior y el 30 de septiembre del año en curso.

¿Qué gastos son subvencionables?

1) La adquisición e implantación de herramientas software de comercio electrónico que incluyan la funcionalidad de venta online, con pasarela de pago y carrito de la compra.
2) La adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar dicha funcionalidad.
3) Creación y desarrollo de espacios web que incluya la funcionalidad de venta on line.
4) Gastos de digitalización de los procesos de negocio y procesos de teletrabajo.
5) Gastos de posicionamiento web y promoción en motores de búsqueda y redes sociales.
6) Formación en las siguientes áreas relacionadas con las nuevas tecnologías aplicadas al negocio: procesos de digitalización, comercio electrónico, teletrabajo, redes sociales, páginas web, medios de pago en compras on line, posicionamiento web. Se excluye en este apartado la formación reglada.

¿Cuál es el importe de la subvención?

Será del 70% con un tope de 1.500 euros por empresa.

¿Cuál es el plazo de solicitud de estas ayudas?

Hasta el 15/11/2022

MÁS INFORMACIÓN:

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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