Ayudas del Gobierno de Navarra para Autónomos

Ayudas del Gobierno de Navarra para Autónomos

Ayudas del Gobierno de Navarra para Autónomos

Coronavirus, Noticias Obsoletas (Coronavirus)

22/05/2020

Ayudas del Gobierno de Navarra dirigidas a trabajadoras y trabajadores autónomos que han cesado o reducido su actividad empresarial o profesional, como consecuencia de la declaración del estado de alarma por Covid-19.

Tipos de ayudas y requisitos específicos

a) Ayuda de 2.200€

  • Podrán solicitarla los trabajadores autónomos, los autónomos societarios de sociedad mercantiles o entidades sin personalidad jurídica y los autónomos de cooperativas de trabajo asociado.
  • El solicitante debe tener reconocida la prestación por cese de actividad o haberla solicitado siendo aprobada posteriormente.
  • Compromiso de permanencia de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en el IAE en Navarra durante 12 meses a partir del día siguiente a la finalización de la prestación de cese de actividad.

b) Ayuda de 700-800€.

  • Podrán solicitarla únicamente los trabajadores autónomos que no hayan obtenido la prestación por cese de actividad pero que hayan visto reducida en un 30% o más su facturación mensual como consecuencia del COVID-19. Se debe comparar la facturación del mes de abril de 2020 con el promedio de la facturación del semestre natural anterior al 14 de marzo de 2020 (es decir, el semestre comprendido entre septiembre 2019 y febrero 2020).
    Los autónomos agrarios de producciones de carácter estacional y los de los CNAE 5912, 5915, 5916 ,5920, 9001-9004 tienen periodos de facturación comparativos específicos.
  • La acreditación de la reducción de la facturación podrá hacerse a través de la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, del libro diario de ingresos y gastos, del libro registro de ventas e ingresos o del libro de compras y gastos. Quienes no estén obligados a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
  • No haber cesado en su actividad y permanecer de alta como autónoma en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en una Mutualidad de Previsión Social, así como en el IAE en Navarra, durante el periodo comprendido entre la fecha de la declaración del estado de alarma y la de solicitud de la ayuda.
  • El importe de la ayuda puede ascender hasta 800€ cuando la suma de los rendimientos netos de la unidad familiar a la que pertenezca el solicitante no supere, en el mes natural anterior a la solicitud, los 1.613,52 euros o los 2.151,36€ si algún miembro de la familia tiene declarada una discapacidad igual o superior al 33% o incapacidad permanente para realizar actividad laboral.
    Estos importes se incrementarán 53,78€ por cada hijo a cargo o 80,68€ en el caso de familias monoparentales y 53,78€ por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.

Requisitos generales

a) Residencia habitual y alta en el IAE en Navarra a fecha 14 de marzo de 2020.
b) Estar al corriente de pago con Hacienda Foral de Navarra y cuotas de la Seguridad Social en el momento de solicitar las ayudas.
c) No haber tenido obligación de tributar en el Impuesto de Patrimonio en el año 2018 con resultado de cuota a ingresar.
d) Que la suma de los rendimientos netos (empresariales, profesionales, del trabajo, de capital mobiliario e inmobiliario, prestaciones) de todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenezca la persona autónoma, en el mes natural anterior a la solicitud, no supere 2.151,36€.
En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada una discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de 2.689,20€.
Este límite se incrementará en 53,78€ por cada hijo a cargo de la unidad familiar y por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar. En caso de unidad familiar monoparental el incremento por cada hijo será de 80,68€.
Compatibilidad: Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra hasta los límites marcados en la Ley de Subvenciones.
Solicitud: Únicamente con certificado digital en este enlace. Si no tiene certificado digital póngase en contacto con su técnico fiscal o PYRAMIDE ASESORES para gestionar la solicitud.
Plazo: Actualmente hasta el 31 de julio de 2020.
Documentación a presentar:
a) Ayuda de 2.200€

  • Solicitud firmada.
  • Resolución que reconoce el derecho a la prestación extraordinaria o justificante de haberla solicitado.

b) Ayuda de 700-800€.

  • Solicitud firmada.
  • La información contable que acredite la reducción de, al menos, el 30% de la facturación en el periodo correspondiente (libro de registro de facturas emitidas y recibidas, libro diario de ingresos y gastos, libro registro de ventas e ingresos o libro de compras y gastos). Quienes no estén obligados a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
  • Los recibos o documentos que justifiquen que la solicitante permanece de alta como autónoma o autónomo en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en una Mutualidad de Previsión Social, así como en el Impuesto sobre Actividades Económicas en Navarra, durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y la solicitud de la ayuda.

Más información en este enlace.

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