Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industrial

Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industrial

Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industrial

Subvenciones caducadas

31/05/2024

Ayudas para contribuir a alcanzar los objetivos previstos en el citado Reglamento, que están alineados con el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Las PYMEs o grandes empresas del sector industrial que en el momento de solicitar la subvención estén inscritas o hayan solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra, y cuyo CNAE se encuentre entre alguno de los siguientes:

  • 07. Extracción de minerales metálicos.
  • 08. Otras industrias extractivas.
  • 09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.
  • 10. Industria de la alimentación.
  • 11. Fabricación de bebidas.
  • 13. Industria textil.
  • 14. Confección de prendas de vestir.
  • 15. Industria del cuero y del calzado.
  • 16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.
  • 17. Industria del papel.
  • 18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
  • 19. Coquerías y refino de petróleo.
  • 20. Industria química.
  • 21. Fabricación de productos farmacéuticos.
  • 22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.
  • 23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
  • 24. Metalurgia. Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.
  • 25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
  • 26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
  • 27. Fabricación de material y equipo eléctrico
  • 28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
  • 29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.
  • 30. Fabricación de otro material de transporte.
  • 31. Fabricación de muebles.
  • 32. Otras industrias manufactureras.
  • 33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.
  • 35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
  • 36. Captación, depuración y distribución de agua.
  • 37. Recogida y tratamiento de aguas residuales.
  • 38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos valorización.
  • 39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

Líneas de actuación

1. Inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
2. Implantación o mejora de sistemas de gestión energética que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
3. Implantación de instalaciones de generación de electricidad de tecnología fotovoltaica destinadas al autoconsumo.

¿En qué consiste la ayuda?

Actuaciones 1 y 2:
a) Para ayudas acogidas al Régimen de mínimis:
– El 50% del gasto subvencionable y hasta un máximo de ayuda de 150.000 euros.
b) Para ayudas acogidas a régimen del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión:

– Pequeña empresa 50%, Mediana empresa 40%, y Gran empresa 30% del presupuesto.
– Ayuda máxima de 150.000 €.

Actuación 3:

– Pequeña empresa 25%, Mediana empresa 20%, y Gran empresa 10% del presupuesto.
– Ayuda máxima de 150.000 €.

Plazos de ejecución de la ayuda

– En el caso de ayudas enmarcadas en el régimen de minimis, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de octubre del 2024.
– En el caso de ayudas enmarcadas en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, con posterioridad a la realización de la solicitud de ayuda y fecha límite el 31 de octubre del 2024.

 

PLAZOS DE SOLICITUD: hasta el 1 de julio 2024.

MÁS INFORMACIÓN: aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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