Subvenciones caducadas
24/06/2025
¿Para qué es esta ayuda?
La adquisición de nuevos equipos y máquinas como tractores, máquinas automotrices y otras máquinas arrastradas y suspendidas, así como cisternas con accesorios de aplicación localizada de purines o dichos accesorios independientemente, todas ellas de uso agrícola, que sustituirán a equipos y máquinas del mismo uso y del mismo tipo que deberán achatarrase.
¿Quién puede pedirla?
a) Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA)
b) Las personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, inscritas en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 911, en el epígrafe 912 o en el epígrafe 851.
c) Las agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera. Estas subvenciones solamente se destinarán para maquinaria y equipos agrícolas cuyo uso esté destinado a sus actividades específicas.
¿En qué consiste la ayuda?
La cuantía de las subvenciones será la siguiente, en función del tipo de maquinaria:
a) Tractores:
- La cuantía base de la subvención se establece en 120 € por kilovatio (kW), de la potencia de inscripción del tractor a retirar. Esta cuantía podrá incrementarse en determinadas circunstancias.
- En todo caso, la cuantía base de esta subvención no sobrepasará 12.000 € y la cuantía máxima no sobrepasará 20.000 € por beneficiario, ni el 30% del coste total de adquisición sin IVA o IGIC. En caso de superar dicho límite la cuantía de la ayuda se ajustará al 30% del coste total sin sobrepasar la cuantía máxima
b) Máquinas automotrices agrícolas:
- La cuantía base de esta subvención no sobrepasará 25.000 € y la cuantía máxima no sobrepasará 27.000 € por beneficiario, ni el 30% del coste total de adquisición sin IVA o IGIC. En caso de superar dicho límite la cuantía de la ayuda se ajustará al 30% del coste total sin sobrepasar la cuantía máxima.
c) Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios:
- La cuantía base de la subvención se establece en el 30 % de la inversión sin IVA, realizada para la nueva máquina, y no podrá superar los 4.500 € en el caso de abonadoras y de 6.000 € para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios
- Se podrá incrementar en 1.000 € si se achatarra otra abonadora o equipo de aplicación de productos fitosanitarios registrados en el ROMA a nombre del solicitante.
- En todo caso, la cuantía máxima no sobrepasará los 5.500 € en el caso de las abonadoras, ni 7.000 € para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
d) Sembradoras directas, cisternas para purines equipados con dispositivo de aplicación localizada y dispositivos de aplicación localizada de purín para ser montados en cisternas ya en uso, para sustituir equipos de aplicación por platos, abanico o cañón, trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales, así como otras máquinas, equipos o dispositivos que se establezcan:
- La cuantía de la subvención se establece en el 30% de la inversión sin IVA o IGIC realizada para la nueva máquina.
- La subvención no podrá superar los 20.000 € en el caso de las sembradoras y las cisternas para purines, los 6.000 € en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín, y los 3.000 € en las trituradoras de residuos vegetales y equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales.
En el caso de los componentes de agricultura de precisión, la cuantía de la subvención se establece en el 30% de la inversión sin IVA o IGIC, y no podrá superar los 6.000 €.
No se concederán subvenciones por importe inferior a 1.000 €, a excepción de que la ayuda se destine a la adquisición de un dispositivo de aplicación localizada para cisternas de purines o un equipo de agricultura de precisión, en cuyo caso, el límite será de 600 €.
¿Qué gastos o acciones cubre la ayuda?
La adquisición de los siguientes tipos de máquinas nuevas:
- a) Tractores agrícolas.
- b) Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios, de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicación localizada de purines, equipos de manipulación y carga y trituradoras de residuos vegetales.
- c) Máquinas arrastradas o suspendidas: sembradoras directas, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales y cisternas de purín con sistemas de aplicación localizada de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna.
- d) Componentes de agricultura de precisión para adaptación de equipos en la explotación: sensor NIR, sistema de autoguiado, sistema de adaptación de máquinas para trabajo variable y kit de adaptación ISOBUS.
La inversión incluirá la adquisición del accesorio de aplicación localizada del purín y podrá incluir los conceptos de adaptación de la cisterna, si es necesaria.
Plazo de presentación
Del 02/07/2025 al 15/09/2025.
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