Subvenciones para gastos de mantenimiento del sector de hostelería y alojamientos de Pamplona

Subvenciones para gastos de mantenimiento del sector de hostelería y alojamientos de Pamplona

Subvenciones para gastos de mantenimiento del sector de hostelería y alojamientos de Pamplona

Subvenciones caducadas

19/04/2021

Ante las consecuencias provocadas por el COVID19, estas ayudas tiene el objeto de impulsar la actividad económica y contribuir a paliar la situación de pérdida económica directa producida por el cierre temporal de los negocios.

¿Quiénes son las empresas beneficiarias?

  • Autónomos o PYMES dados de alta en el IAE de Pamplona en alguno de los siguientes epígrafes:
    • Grupo 671 Servicios en restaurantes

– Epígrafe 671.1 De cinco tenedores
– Epígrafe 671.2 De cuatro tenedores
– Epígrafe 671.3 De tres tenedores
– Epígrafe 671.4 De dos tenedores
– Epígrafe 671.5 De un tenedor

    • Grupo 672 Servicios en cafeterías

– Epígrafe 672.1 De tres tazas
– Epígrafe 672.2 De dos tazas
– Epígrafe 672.3 De una taza

    • Grupo 673. Servicios en cafés y bares
    • Grupo 676. Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías
    • Grupo 677. Otros servicios de alimentación propios de la restauración
    • Grupo 681. Servicio de hospedaje en hoteles
    • Grupo 682 Servicio de hospedaje en hostales y pensiones
    • Grupo 684 Servicio de hospedaje en hoteles- apartamentos
    • Epígrafe 969.1 Salas de baile y discotecas
  • Que la actividad principal corresponda a salas multifuncionales:
    • Epígrafe 1989.2 Servicios de organización de congresos, asambleas y similares
    • Epígrafe 1861.2 Alquiler de locales industriales y otros alquileres n.c.o.p.
    • En este caso, se deberá aportar una declaración responsable que justifique que la actividad principal se corresponde con la de salas multifuncionales, entendiendo como tales espacios polivalentes flexibles para desarrollar diversas actividades y eventos: cursos, reuniones, celebraciones…

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Serán subvencionables los gastos relativos al local declarado en el IAE por los siguientes conceptos:

a) Alquiler del local
b) Gastos de suministros (electricidad, gas, gasoil, agua)
c) Gastos de retirada de residuos (basuras y retirada de aceites)
d) Gastos de servicios de asesorías y/o cuotas de asociaciones empresariales.
e) Gastos de telefonía e internet
f) Gastos en alquiler de carpas, toldos, estufas y otros elementos varios de mobiliario o similares para la adecuación de terrazas.
g) Gastos generales directamente relacionados con la actividad económica, tales como: cuota alarma del local, publicitarios, gastos de servicios de control de plagas y de control sanitario.

  • Los gastos deberán haber sido realizados y pagados entre el 1 de marzo de 2020 y hasta el 15 de octubre de 2021.
  • Los gastos deberán estar realizados y pagados en el momento de la solicitud. Se deberá presentar la correspondiente factura y justificante de pago.

 

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

  • El importe a subvencionar será el 80% de los gastos realizados y pagados (IVA excluido) con un máximo de 2.000€.
  • Las ayudas se tramitarán y resolverán por orden de entrada.

PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 15 de octubre de 2021 en el siguiente enlace
MAS INFORMACION: aquí
Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda

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