Nueva autorización de gasto para las subvenciones para el mantenimiento del empleo y la realización de actuaciones que faciliten la transformación productiva de personas autónomas y microempresas hacia la economía verde y digital

Nueva autorización de gasto para las subvenciones para el mantenimiento del empleo y la realización de actuaciones que faciliten la transformación productiva de personas autónomas y microempresas hacia la economía verde y digital

Nueva autorización de gasto para las subvenciones para el mantenimiento del empleo y la realización de actuaciones que faciliten la transformación productiva de personas autónomas y microempresas hacia la economía verde y digital

Subvenciones caducadas

03/04/2022

Ayudas para facilitar el mantenimiento del empleo de las personas autónomas y las microempresas que realicen actuaciones para impulsar la transformación productiva de los negocios hacia la economía verde y digital.

Así las personas autónomas y las microempresas dispondrán de recursos para el análisis y la puesta en marcha de acciones para el fortalecimiento y crecimiento de sus negocios, basándose en los pilares de sostenibilidad ambiental y economía y digitalización.

¿Quiénes son los beneficiarios y cuáles son sus requisitos?

Personas autónomas navarras y microempresas navarras (menos de 10 personas asalariadas y un volumen de negocios anual o balance general inferior a 2 millones de euros) que estén desarrollando la actividad económica desde al menos un año desde la constitución como persona autónoma o microempresa.

Las entidades beneficiarias estarán obligadas al mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas de forma indefinida o temporal por microempresas y por las personas trabajadoras autónomas en el momento de la concesión de la subvención durante los 18 meses siguientes al momento de la solicitud.

¿Qué líneas son subvencionables?

Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en estas dos líneas:

  1. Digitalización
    Trata de incorporar a los negocios las nuevas tecnologías digitales, con el objetivo de automatizar los procesos de trabajo, innovar y transformar la organización mejorando la operativa del día a día y consiguiendo la evolución del proyecto hacia las nuevas formas de gestión y relación con clientes y proveedores basadas en las nuevas tecnologías. Las actuaciones en materia de digitalización tratarán de habilitar, mejorar, o evolucionar, las funciones empresariales, operaciones comerciales, modelos de gestión de clientes, y/o procesos de comunicación, aprovechando las tecnologías digitales.La digitalización de los negocios y su transformación digital llevará consigo la formación y capacitación de las personas que componen la organización, las cuales deberán interrelacionarse con las diferentes herramientas y tecnologías en su puesto de trabajo.
  2. Economía verde:
    Se trata de actuaciones dirigidas a contribuir a la conservación, la restauración y mejora del medioambiente. Reducción del impacto ambiental de los negocios para alcanzar niveles sostenibles, aumentado la eficiencia del consumo de energía, materias primas y agua, reduciendo la emisión de gases de efecto invernadero, minimizando la formación de residuos y restaurando los ecosistemas y la biodiversidad, mejorando así la resiliencia de la sociedad y la economía. Economía circular, reducción, reutilización y reciclaje de residuos. Ahorro o eficiencia energética. Transporte y movilidad sostenible. Gestión del agua. Rehabilitación y edificación sostenibles.

 

¿Qué actuaciones son subvencionables?

a) Diagnósticos de necesidades.
b) Planes de acción.
c) Acompañamiento y tutorización en la implantación de las soluciones identificadas.
d) Asesoramiento.
e) Formación en los ámbitos de economía digital y verde.
f) Inversiones: inversiones necesarias que favorezcan el proceso de digitalización o de implantación de soluciones de economía verde, de cualquiera de las empresas o autónomos solicitantes. Se entenderá por inversión aquellas que tenga que ver inmovilizado, material o inmaterial.

  • Para el desarrollo de acciones a) a e) deberán contar con entidades, públicas o privadas, o técnicos especializados que desarrollen su actividad profesional en estos ámbitos.
  • Si la subvención que se solicita tiene por objeto la realización de inversiones, será necesario que la persona beneficiaria justifique la realización previa de alguna o algunas de acciones a) a d) que las prescriban. No es imprescindible que dichas acciones de asesoramiento se financien con cargo a esta convocatoria de subvenciones.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: 5.000 euros.
Cada persona autónoma o microempresa podrá ser concesionaria de una única subvención con cargo a esta convocatoria.

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Hasta el 31/5/2023.

MÁS INFORMACIÓN: aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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