Subvenciones a la financiación de acciones formativas realizadas por PYMES

Subvenciones a la financiación de acciones formativas realizadas por PYMES

Subvenciones a la financiación de acciones formativas realizadas por PYMES

Subvenciones caducadas

12/02/2020

OBJETIVO: Financiar acciones formativas dirigidas tanto a la mejora de las competencias y cualificaciones como a la actualización y especialización profesional de los trabajadores ocupados.
BENEFICIARIOS: PYMES navarras de cualquier actividad con exclusión de las empresas de trabajo temporal y las entidades o centros de formación para su personal propio.
REQUISITOS

  • Las acciones formativas no se podrán realizar en el extranjero y las que se celebren fuera de la Comunidad Foral de Navarra solo serán subvencionables con autorización previa del Servicio Navarro de Empleo.
  • Las acciones formativas se podrán ejecutar a partir del día siguiente a la fecha de resolución de concesión de la subvención y deberán finalizar antes del 30 de junio del año siguiente.
  • La duración de la acción formativa no podrá ser inferior a 10 horas.
  • Cuando las acciones formativas se impartan en modalidad presencial, el número de horas semanales no podrá ser superior a 40 horas con un límite diario de 8 horas. En dicho límite estarán incluidas, cuando proceda, las horas del módulo de formación práctica en centros de trabajo.
  • Las acciones de formación que se organicen en modalidad presencial deberán programarse en grupos de 30 participantes como máximo o 25 en el caso de formación dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad.
  • En la modalidad de teleformación se deberá contar con una persona tutora por cada 80 participantes como máximo. Las personas tutoras-formadoras deberán contar con formación o experiencia en esta modalidad.
  • En las acciones mixtas se respetarán los citados límites según la respectiva modalidad de impartición.
  • La plataforma de teleformación deberá disponer de un sistema de aprendizaje on-line con capacidad suficiente para gestionar y garantizar la formación del alumnado.
  • Podrán participar en las acciones formativas previstas en esta convocatoria las personas trabajadoras de las empresas beneficiarias, que deberán estar ocupadas por cualquiera de las modalidades de contratación laboral previstas en el Estatuto de los Trabajadores o ser socias trabajadoras de cooperativas y sociedades laborales. A tal efecto se tendrá en cuenta la situación laboral en que se hallen al inicio de la formación.
  • Las personas formadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en Navarra.
  • Sólo se podrá participar una vez en cada acción formativa. Las solicitudes de inscripción del alumnado deberán ser custodiadas por las entidades beneficiarias y estar a disposición de los órganos competentes para la evaluación, seguimiento y control de las acciones formativas.

CUANTÍA
Se subvencionará hasta un máximo del 60% del módulo a medianas empresas y hasta un máximo del 70% del módulo a pequeñas empresas.
Por cada acción formativa en modalidad presencial se subvencionaras 8 euros por participante y hora de formación.
En modalidad de teleformación la cuantía subvencionable no podrá exceder los 6 euros por participante y hora de formación. Se considerará modalidad de teleformación cuando la parte presencial que la acción formativa precise sea igual o inferior al 20 por ciento de su duración total.
En la formación de modalidad mixta (presencial y teleformación) se aplicarán los módulos correspondientes en función del número de horas de cada tipo de modalidad formativa.
Plazo: Hasta agotamiento de fondos.
Más información:
https://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/8404/Subvenciones-a-pymes-para-la-financiacion-de-acciones-formativas-2020

Comparte esta noticia: