Subvención Reindus 2020

Subvención Reindus 2020

Subvención Reindus 2020

Subvenciones caducadas

10/08/2020

Objetivo del Programa Reindus

La finalidad del programa es apoyar a las empresas industriales en la realización de inversiones materiales destinadas a la creación o traslado de establecimientos industriales y mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes, así como la implementación de tecnologías de Industria conectada 4.0.

Este año el Plan Reindus está dirigido a empresas españolas afectadas por el COVID19 que desarrollen actividad industrial productiva, con independencia de su tamaño.
El Programa Reindus 2020 tiene una dotación de 340,9 millones de euros.
Concretamente, se busca dar apoyo a las siguientes acciones:

  • Creación de establecimientos industriales
  • Traslado de establecimientos industriales
  • Mejoras y/o modificaciones de la línea de producción
  • Implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.»
  • Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero

Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de maquinaria y/o parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.

¿Quién puede acceder al programa?

Pymes y grandes empresas válidamente constituidas que no formen parte del sector público y que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial encuadrada en la Sección C (Divisiones 10 a 32) del CNAE 2009 de Industria Manufacturera. Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3, siempre que dispongan, en el momento de la solicitud, de la autorización de gestión de residuos.

¿Cuáles son los requisitos del programa?

  • El presupuesto mínimo financiable es de 100.000€.
  • Se financiarán los gastos desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2020.

Características de la financiación

Los préstamos del programa Reindus tienen las siguientes condiciones:

  • Importe máximo de la financiación a conceder del 75% sobre el presupuesto financiable. El importe global del préstamo a conceder por beneficiario no podrá superar los 800.000 euros
  • Importe mínimo financiable: 100.000€.
  • Para las empresas sin cuentas históricas significativas el límite del préstamo será de tres veces el importe de los fondos propios. Para el resto de empresas el límite del préstamo será cinco veces el importe de los fondos propios.
  • Plazo de amortización anual: 6 años incluyendo 3 años de carencia.
  • Tipo de interés:

Tipo de beneficiario

Interés año 1 (%)

Interés año 2 y 3 (%)

Interés año 4, 5 y 6 (%)

Pymes

0,1

0,19

0,69

Grandes Empresas

0,19

0,69

1,69

  • Garantías: Las garantías se constituirán en la Caja General de Depósitos. Se exigirá la presentación de las garantías antes de la resolución de concesión del préstamo, es decir, en la resolución provisional. En caso de que no se aporten las garantías en plazo y forma se desestimará la solicitud. El importe total de la garantía a constituir será del 20% del préstamo concedido.

Plazo de realización de las actuaciones.

Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de febrero de 2020, hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

Plazo de realización de las actuaciones financiables

Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el 1 de febrero
de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020

Plazo de solicitud

Puedes solicitarla desde el 8 hasta el 20 de agosto 2020.
Más información: https://programareindus.es/

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