Ayudas y subvenciones
23/07/2020
OBJETO: Promover y fomentar la seguridad y salud de las personas trabajadoras con el fin de reducir la siniestralidad laboral. Para ello es necesario mejorar las condiciones materiales de los equipos y lugares de trabajo de las empresas
BENEFICIARIOS: Empresas navarras que empleen a menos de 150 personas.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Realizadas entre el 1 de enero y el 2 de noviembre de 2020: con cargo al Presupuesto de Gastos de 2020.
- Realizadas entre el 3 de noviembre de 2020 y el 2 de noviembre de 2021: con cargo al Presupuesto de Gastos de 2021.
El presupuesto a subvencionar deberá ser como mínimo de 1.000 euros (IVA excluido).
Adaptación, sustitución o adquisición de equipos de trabajo:
- Adaptación de máquinas o equipos de trabajo que tengan carencias de seguridad.
- Sustitución de máquinas que tengan carencias de seguridad, por otras equivalentes cuando debido a especiales dificultades técnicas no puedan ser adaptadas o el coste de la adaptación sea superior al 40% del coste de la adquisición de la nueva máquina. Esta opción supondrá la necesaria eliminación de la máquina sustituida.
- Sustitución de andamios para trabajos temporales de obra, cuadros eléctricos (conjuntos para obras (CO)) y sistemas provisionales de protección de borde no normalizados por otros acordes con normas UNE de aplicación específica. Esta opción supondrá la necesaria eliminación de los equipos sustituidos.
- Adquisición de aparatos para elevación de personas o plataformas elevadoras móviles de personas (PEMP).
- Adaptación o adquisición de máquinas o equipos de trabajo, realizada con criterios ergonómicos, con objeto de prevenir trastornos musculoesqueléticos. No son objeto de subvención el mobiliario ni los accesorios de oficina.
- Adaptación, sustitución o adquisición de máquinas o equipos de trabajo u otras medidas de protección colectiva aplicadas al origen del riesgo, realizadas con criterios higiénicos, con objeto de reducir el riesgo de exposición a agentes químicos peligroso para la salud, exposición al ruido, vibraciones, agentes biológicos o con el fin de limitar los contagios de Covid 19 de las personas trabajadoras.
Inversiones en lugares de trabajo
- Destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en los mismos que sean conformes con los apartados 2 a 8 y 13 del Anexo I del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. (climatización, escalas fijas con dispositivo anticaída deslizante sobre línea de anclaje, sustitución de portones CE).
- Sustitución de cubiertas frágiles por otras cubiertas no frágiles, siempre que la misma no suponga aumento de superficie ni de volumen.
- Instalación de dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje rígida según norma UNE-EN 353-1:2014 o sobre línea de anclaje flexible según norma UNE-EN 353-2:2002 asociados a escalas fijas.
- Intervenciones en los lugares de trabajo destinadas a ofrecer seguridad frente al riesgo de violencia externa (agresiones físicas) a los trabajadores (alarmas y otros sistemas de comunicación rápida; pantallas o sistemas de video-protección; bloqueo de entradas; accesos restringidos; instalación de puertas, compuertas, mamparas y mostradores; incorporación de doble salida en las salas, despachos y otras zonas de riesgo; instalación de pulsadores u otros medios personales antiagresión (botón de pánico, etc.) y mejora de la iluminación en accesos y aparcamientos (eliminación de zonas oscuras).
- Intervenciones realizadas con criterios de seguridad vial laboral, con objeto de reducir la exposición de los trabajadores al riesgo de golpes o atropellos por vehículos.
Adaptaciones de puestos de trabajo.
A efectos de disponer de puestos exentos de riesgos para la maternidad.
IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES:
El importe de la subvención será hasta el 30% del gasto subvencionable, IVA excluido, sin que en ningún caso la cuantía de la misma supere la cantidad de 30.000 euros.
PLAZOS:
- Hasta el 22 de septiembre de 2020: Para las inversiones realizadas entre el 1 de enero y el 2 de noviembre de 2020
- Entre el 1 de febrero y el 1 de abril de 2021: Para las inversiones realizadas entre el 3 de noviembre de 2020 y el 2 de noviembre de 2021
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