Sociedades sin actividad y sociedades disueltas / liquidadas, diferencias y obligaciones

Sociedades sin actividad y sociedades disueltas / liquidadas, diferencias y obligaciones

Sociedades sin actividad y sociedades disueltas / liquidadas, diferencias y obligaciones

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29/02/2024

El cese de actividad es el proceso mediante el cual el empresario decide suspender la actividad diaria de su empresa sin que esto signifique que la sociedad deje de existir. Por lo tanto, podría decirse que la empresa existe pero está inactiva. (baja de la actividad y por lo tanto del IAE). El mantenimiento de una sociedad sin actividad tiene coste anual por las obligaciones legales que sigue teniendo.

Obligaciones de una sociedad sin actividad:

  • Elaborar la contabilidad según el Código de Comercio y el Plan General Contable.
  • Legalizar los libros ante el Registro Mercantil.
  • Depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
  • Liquidar el Impuesto de Sociedades ante la Hacienda correspondiente.

La liquidación de la sociedad se inicia con la Disolución de la misma. La disolución no supone la desaparición jurídica de la sociedad pero paraliza la actividad ordinaria de la empresa y da paso al periodo de liquidación.

La liquidación es un proceso que tiene como finalidad el reparto entre los socios del patrimonio resultante después de haber cobrado los créditos pendientes y haber satisfecho las deudas sociales. Una vez realizado este procedimiento la sociedad quedará extinguida y no tendrá ningún tipo de obligación anual.

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