Salario Mínimo Interprofesional 2026
19/02/2026
Rd. 126/2026, de 18 de febrero (BOE núm. 44 – 19/02/2026)
Con Vigencia desde el 1 de enero de 2026.
Con un incremento del 3,1 % respecto del vigente en el 2025 se fija en 1.221 € mensuales. También ascienden, en el mismo porcentaje, los salarios mínimos por día, el mínimo anual, el de los temporeros que trabajen menos de 120 días en la misma empresa y el de las empleadas del hogar.
| TIPO | 2026 |
|---|---|
| Diario | 40,70 € |
| Mensual | 1.221 € |
| Mínimo anual | 17.094 € |
| Contrato duración determinada < 120 días | 57,82 € |
| Limpieza hogar/hora | 9,55 € |
El SMI computa solo retribución en dinero; el salario en especie no puede reducir esa cuantía. Si se trabaja menos jornada, se cobra a prorrata.
Complementos salariales: al SMI se le añaden, cuando proceda, los complementos salariales previstos en convenios/contratos (art. 26.3 ET) y el incremento garantizado en remuneración a prima o con incentivo.
Compensación y absorción (cómputo anual):
Contratos temporales ≤ 120 días:
Empleados/as de hogar por horas (régimen externo): 9,55 €/hora efectivamente trabajada (incluye todos los conceptos retributivos).
Regla para evitar efectos en ámbitos no laborales (disposición transitoria):