Ayudas y subvenciones, Exportación
09/05/2023
¿Para qué es la ayuda?
Iniciar y/o consolidar el crecimiento internacional de pequeñas y medianas empresas (PYME) españolas que cuenten con un proyecto competitivo a través de su participación en el programa ICEX Next.
¿Quién puede pedirla?
PYMEs que cumplan con los siguientes requisitos:
- a) Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresa de servicio, éste debe poder prestarse en el exterior.
- b) No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
- c) Contar con un mínimo de facturación, de 300.000 euros, eliminándose este requisito para las start-ups de reciente creación.
- d) Las empresas podrán acceder al programa independientemente del procentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total.
- e) Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con una persona responsable del proyecto internacional y con una web propia.
- f) No haber participado en programas de Iniciación de ICEX.
- g) No tener impagos con ICEX.
- h) Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Se excluyen Asociaciones y Fundaciones.
En qué consiste la ayuda
La subvención será de hasta el 60% de los gastos, con un máximo de 24.000 euros por beneficiario.
Conceptos de gasto:

¿Qué gastos o acciones cubre esta ayuda?
- a) Asesoramiento personalizado: se incluye el número determinado de horas de consultoría especializada del que dispone el beneficiario, prestado por los consultores ICEX-Next. Dicho asesoramiento tendrá como finalidad el diseño de la estrategia internacional y su implementación. Así mismo, contará con más horas de asesoramiento en temáticas que faciliten la mejora de su competitividad exterior. .
- b) Gastos de prospección y estudios referidos a mercados internacionales: estudios, informes, bases de datos y servicios, realizados por terceros, cuyo objetivo sea el facilitar el conocimiento del mercado objetivo, la viabilidad del producto o servicio en el mismo y el conocimiento de las oportunidades de negocio.
- c) Gastos de promoción internacional: Son todos aquellos gastos que impulsen el conocimiento del producto o servicio en el exterior. En este sentido, se incluyen los gastos de material promocional, difusión, publicidad relaciones públicas y marketing digital, así como los gastos de participación en ferias, seminarios, jornadas, conferencias y acciones promocionales en el exterior. También se incluyen los gastos de registro y defensa de patentes, propiedad intelectual y marcas internacionales, así como los viajes de prospección de mercados y promoción.
- d) Gastos de desarrollo de red comercial en el exterior: Son todos aquellos gastos que permitan a la empresa el desarrollo de su red comercial en destino. En este sentido, se incluyen los gastos relacionados con el acceso del producto o servicio al mercado, el registro, homologación y certificación del producto, la auditoría y vigilancia de marca, certificados de Exportación y de calidad internacional, los gastos de asesoramiento legal, financiero y administrativo para el desarrollo de la red comercial en destino y, por último, los gastos de establecimiento relativos a los estudios de viabilidad, y contratación de servicios de desarrollo comercial en destino.
- e) Gastos de contrataciones para el refuerzo, apoyo, asistencia técnica, operativa y/o comercial del equipo de desarrollo internacional de la empresa.
Plazos de solicitud
Procedimiento 1 – Del 11/05/2023 hasta el 31/05/2023.
Procedimiento 2 – Del 01/09/2023 hasta el 20/09/2023.
Procedimiento 3 – Del 28/11/2023 hasta el 20/12/2023.
Más información aquí.
Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide para aclarar cualquier duda.