Modificación de las causas de nulidad de despido

Modificación de las causas de nulidad de despido

Modificación de las causas de nulidad de despido

Laboral

26/08/2024

Se suprimen como causa objetiva de nulidad del despido disciplinario y por causas objetivas la solicitud y el disfrute de los permisos por accidente o enfermedad graves de familiares, así como el ejercicio de los derechos de adaptación de jornada por conciliación de la vida familiar y laboral.

Con efectos a partir del 22-8-2024, la LO 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres modifica el ET para eliminar como causa de nulidad objetiva del despido disciplinario y por causas objetivas el de las personas trabajadoras que hayan solicitado o estén disfrutando de:

  • Permisos por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad (ET art.37.3.b).
  • Adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral (ET art.34.8).

También se adapta la regulación del ET para recoger como causa de nulidad del despido el de las personas trabajadoras víctimas de violencia sexual, por el ejercicio de su derecho a la tutela judicial efectiva o de los derechos reconocidos para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.

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