Medidas en respuesta a situaciones derivadas de la guerra de Ucrania y situaciones de vulnerabilidad
30/12/2022
Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
En materia socio-laboral se adoptan las siguientes medidas:
Desde 1-1-2023 y para todo ese año se aplica un incremento extraordinario consistente en el resultado aplicar al importe de la pensión establecido a 1-1-2022 un porcentaje que complemente el establecido en la LPGE 2023 hasta alcanzar el incremento del 15%.
Se establece un incremento extraordinario de la prestación. Se aplica sobre la cuantía de la renta garantizada a un beneficiario individual o unidad de convivencia a 1-1-2022 hasta alcanzar un incremento extraordinario del 15%. El complemento a la infancia se incrementa en el mismo porcentaje.
Se prorroga el SMI establecido para 2022 (1.000 euros/mes en 14 pagas).
Las empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el RDL 20/2022 no van a poder justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos. El incumplimiento de esta previsión conlleva el reintegro de la ayuda recibida.
Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas ETOP o fuerza mayor relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no pueden utilizar estas causas para realizar despidos.
Se prorroga la posibilidad de jubilación parcial simultánea a la celebración de contrato de relevo, vigente antes de la entrada en vigor de la RDL 27/2011, a las pensiones causadas antes del 1-1-2024, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
A) Del trabajador que solicite la jubilación parcial:
B) De la empresa: