Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo

Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo

Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo

Laboral, Novedades legislativas

30/03/2023

Resumen medidas laborales y de seguridad social

Entrada en vigor: Si bien la Ley entró en vigor el 1 de marzo, las tres novedades del presente resumen entrarán en vigor el 1 de Junio de 2023.

La Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo reconoce el derecho a una situación especial de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes:

  • En el supuesto de mujeres con menstruaciones incapacitantes secundarias. En esta situación especial de IT, el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo.
  • En caso de gestación de la mujer trabajadora, desde el día primero de la semana 39 de embarazo.
  • En caso de interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo (aborto) mientras la trabajadora reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo.

En los dos casos anteriores, el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.

Contacta con el Departamento Laboral de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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