La tarjeta sanitaria europea
03/06/2024
Es un documento individual, personal e intransferible, que acredita el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en los países de la Unión Europea, en Islandia, Liechtenstein, Noruega (espacio Económico Europeo) y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia, de acuerdo con la legislación del país de estancia e independientemente de que el objeto de la estancia sea el turismo, una actividad profesional o los estudios.
El que consta en la Tarjeta Sanitaria Europea (dos años).
La utilización de la TSE durante su periodo de validez se encuentra condicionada a que su titular continue reuniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. En otro caso, los gastos que se originen podrían ser reclamados en concepto de prestaciones indebidas.
La asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del país al que se desplaza.
Si también se desplazan familiares a cargo del titular debe hacerse constar en la solicitud.
La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico, en cuyo caso es necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), emita el formulario correspondiente, previo informe favorable del Servicio de Salud.
En algunos casos, deberá asumir una cantidad fija o un porcentaje de los gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estos importes no son reintegrables
La solicitud o renovación de la TSE se podrá hacer desde el domicilio en el portal Tu Seguridad Social (https://sede-tu.seg-social.gob.es), en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (http://run.gob.es/uxdoxr), por vía SMS o en los teléfonos: 901166565 / 91 5421176.
Contacta con el Departamento Laboral de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.