Ayudas para la renovación de maquinaria agraria. Plan RENOVE 2023

Ayudas para la renovación de maquinaria agraria. Plan RENOVE 2023

Ayudas para la renovación de maquinaria agraria. Plan RENOVE 2023

Subvenciones caducadas

27/06/2023

¿Para qué es esta ayuda?

Adquisición de nuevos equipos y máquinas como tractores, máquinas automotrices y otras máquinas arrastradas y suspendidas, así como cisternas con accesorios de aplicación localizada de purines o dichos accesorios independientemente, todas ellas de uso agrícola, que sustituirán a equipos y máquinas del mismo uso y del mismo tipo que deberán achatarrase.

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • a) Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA)
  • b) Las personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, inscritas en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 911, en el epígrafe 912 o en el epígrafe 851.
  • c) Las agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera. Estas subvenciones solamente se destinarán para maquinaria y equipos agrícolas cuyo uso esté destinado a sus actividades específicas.

Líneas

  • 1. Sembradoras de siembra directa.
  • 2. Resto de máquinas.

¿En qué consiste la ayuda?

La cuantía de las subvenciones será la siguiente, en función del tipo de maquinaria:

  • Tractores: la cuantía base de esta subvención no sobrepasará 12.000 euros y la cuantía máxima no sobrepasará 20.000 euros por beneficiario, ni el 30 % del coste total de adquisición sin IVA o IGIC. En caso de superar dicho límite la cuantía de la ayuda se ajustará al 30 % del coste total sin sobrepasar la cuantía máxima
  • Máquinas automotrices agrícolas: La cuantía base de esta subvención no sobrepasará 25.000 euros y la cuantía máxima no sobrepasará 27.000 euros por beneficiario, ni el 30 % del coste total de adquisición sin IVA o IGIC. En caso de superar dicho límite la cuantía de la ayuda se ajustará al 30 % del coste total sin sobrepasar la cuantía máxima
  • Abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios: La cuantía base de la subvención se establece en el 30 % de la inversión sin IVA, realizada para la nueva máquina, y no podrá superar los 4.500 euros en el caso de abonadoras y de 6.000 euros para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios
  • Sembradoras directas, cisternas para purines equipados con dispositivo de aplicación localizada y dispositivos de aplicación localizada de purín para ser montados en cisternas ya en uso, para sustituir equipos de aplicación por platos, abanico o cañón, trituradoras de residuos de cosecha y restos de poda: La cuantía de la subvención se establece en el 30 % de la inversión sin IVA o IGIC realizada para la nueva máquina. La subvención no podrá superar los 20.000 euros en el caso de las sembradoras y las cisternas para purines, los 6.000 euros en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín, y los 3.000 euros en las trituradoras de residuos de cosecha y restos de poda

No se concederán subvenciones por importe inferior a 1.000 euros, a excepción de que la ayuda se destine a la adquisición de un dispositivo de aplicación localizada para cisternas de purines, en cuyo caso, el límite será de 600 euros.

¿Qué gastos o acciones cubre?

  • a) Tractores.
  • b) Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios, de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicación localizada de purines y equipos de manipulación y carga.
  • c) Maquinas arrastradas o suspendidas: sembradoras directas, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos de cosecha y poda, y cisternas de purín con sistemas de aplicación localizada de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna.

La inversión incluirá la adquisición del accesorio de aplicación localizada del purín y podrá incluir los conceptos de adaptación de la cisterna, si es necesaria.

Las máquinas pueden adquirirse desde el día 25 de junio de 2023.

¿Cuáles son los plazos de presentación de solicitudes?

El plazo de solicitud es desde el 07/07/2023 hasta el 15/09/2023.

Más información aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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