Ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados de la Covid-19

Ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados de la Covid-19

Ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados de la Covid-19

Subvenciones caducadas

05/11/2020

Orden Foral 358/2020, BON 3 de noviembre
Ayuda económica para complementar los ingresos de las personas que han estado en ERTE en los meses de julio, agosto y septiembre
Objetivo:
El objetivo de esta ayuda es proteger a las personas en situación de mayor vulnerabilidad con la finalidad de paliar su disminución de rentas y contribuir a mantener, en la medida de lo posible, un nivel de vida digno que permita la cobertura de sus necesidades. Es una ayuda económica individual, de percepción única y no periódica, en función de circunstancias excepcionales.
Dirigido a
Personas trabajadoras por cuenta ajena -o socias trabajadoras de sociedades laborales y de cooperativas de trabajo asociado que tengan la condición de trabajador o trabajadora por cuenta ajena- que, durante el periodo comprendido entre el día 1 de julio y el día 30 de septiembre de 2020, inclusive, al menos un día hayan sido titulares de la prestación contributiva por desempleo por la suspensión de su contrato o la reducción de su jornada de trabajo mediante expedientes de regulación temporal de empleo, y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que tenga domicilio fiscal en Navarra a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas desde el año 2019.
  • Que la base de cotización por contingencias comunes a la Seguridad Social sea igual o inferior a 20.000 euros durante los 12 meses anteriores al 1 de julio de 2020 o, de ser posterior, al momento en el que se vea afectada por el expediente de regulación temporal de empleo.
  • Que el importe de las rentas obtenidas durante el periodo impositivo 2019 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que constituyen la base imponible, más las rentas exentas del mismo, no haya excedido de 20.000 euros si la persona beneficiaria no es miembro de una unidad familiar o de 40.000 euros si forma parte de una unidad familiar, en cuyo caso se computarán las rentas obtenidas por todos sus miembros. A efectos de determinación de las rentas que constituyen la base imponible, las rentas exentas y la unidad familiar, se estará a lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Ni la persona solicitante ni ninguno de los miembros de su unidad familiar habrán sido sujetos pasivos del Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente al ejercicio 2019.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Cuantía de la ayuda
La cuantía de la ayuda se calculará en base a los días de regulación de empleo de suspensión y/o reducción de jornada que se hayan aplicado a la persona beneficiaria durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020, ambos inclusive. Para ello se computará los días que hayan estado en regulación de empleo, correspondiéndoles la parte proporcional de las siguientes cuantías:

  • 150 euros/mes, cuando la persona beneficiaria tenga un contrato laboral con una jornada superior o igual al 50% de una jornada laboral.
  • 100 euros/mes, cuando la persona beneficiaria tenga un contrato laboral con una jornada inferior al 50% de una jornada laboral.

En caso de que la persona interesada tenga más de un contrato afectado por ERTE a los efectos del porcentaje a aplicar, éste será el de la suma de todos los porcentajes de esos contratos
Documentación
Solicitud debidamente cumplimentada y firmada acompañada de la siguiente documentación:

  • Informe de vida laboral: Debe incluir obligatoriamente los meses de julio, agosto y septiembre de 2020. Puede obtenerse desde la página de Seguridad Social
  • Contrato o contratos de trabajo afectados por el expediente de regulación de empleo por los que se solicita la ayuda.
  • Informe de las bases de cotización de los doce últimos meses anteriores al momento en el que se vea afectada por el expediente de regulación temporal de empleo. Puede obtenerse desde la página de Seguridad Social
  • Solicitud de abono por transferencia original debidamente cumplimentada.

Plazo
Del 04-11-2020 al 20-11-2020
Enlace de acceso para más información y  tramitación:
http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/8925/Ayudas-extraordinarias-para-las-personas-trabajadoras-afectadas-por-expedientes-temporales-de-regulacion-temporal-de-empleo-derivados-de-la-COVID-19

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