Ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del sistema nacional de garantía juvenil

Ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del sistema nacional de garantía juvenil

Ayudas dirigidas al fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del sistema nacional de garantía juvenil

Subvenciones caducadas

15/03/2022

Ayudas destinadas a que los jóvenes sin ocupación, ni en proceso de formación, puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo.

¿Quiénes son los beneficiarios?

  • Jóvenes de más de 16 años y menores de 30, que cumplan con los requisitos para beneficiarse de una acción derivada del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con residencia en España.
  • Podrán realizar la actividad como persona física o jurídica.
  • En el caso de ser personas jurídicas, los beneficiarios deben:
    • Constituir una sociedad.
    • Ser Administradores y poseer al menos el 51% del capital social de la entidad creada (para empresas de economía social se aplicará porcentajes de capital social en función de forma jurídica).
  • Estar inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y ser beneficiario o beneficiaria en el momento de solicitar la subvención.
  • No haber iniciado la actividad con anterioridad a la solicitud de la subvención. El inicio de la actividad podrá ser desde el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Gastos correspondientes al pago de cánones de entrada por franquicia.
  • Colaboraciones externas / asesorías
  • Programas formativos.
  • Programas de aceleración empresarial.
  • Misiones comerciales, participación en ferias
  • Diseño de la imagen corporativa
  • Diseño y elaboración de páginas web o portales corporativos virtuales
  • Posicionamiento web.
  • Diseño y elaboración de catálogos de productos y/o servicios
  • Desarrollo de prototipos de I+D
  • Inversiones en patentes y modelos de utilidad.
  • Gastos de constitución de la sociedad.
  • Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad.
  • Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad la información y comercio electrónico (LSSICE).

 

¿Cuál es el importe de estas ayudas?

Máximo de 3.000 € por beneficiario por los gastos realizados en los 6 meses siguientes desde el inicio formal de la actividad de emprendimiento. Esta cantidad no podrá superar el 75 % del importe de los gastos subvencionables.

El pago de la subvención se realiza previa justificación, a la finalización del periodo subvencionable, por el beneficiario de la realización de la actividad objeto de la ayuda.

El inicio formal de la actividad deberá realizarse en el plazo máximo de 60 días a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de resolución otorgamiento de la subvención.

 

Plazo de solicitud

Hasta el 5/4/2022

Más información y solicitud.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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