Ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales 2026

Ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales 2026

Ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales 2026

Subvenciones caducadas

19/10/2026

Dirigido a: Personas físicas que emprendan en el medio rural y que cumplan los requisitos a fecha de solicitud de la ayuda.

Requisitos

  • Para beneficiarias del Tipo A.1: Actividad parcial complementaria para agricultoras profesionales.
    • Ser agricultora profesional titular o socia de una explotación.
    • Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Para beneficiarias del Tipo A.2: Actividad principal para familiar en primer grado de agricultoras.
    • Ser familiar de primer grado de una persona agricultora profesional titular o socia de una explotación.
    • No estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
    • Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Para beneficiarias del Tipo B.2: Actividad principal sin vinculación a explotación agraria.
    • No estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
    • Realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales y con grado de despoblación extremo, intenso e importante, y en declive intenso y moderado conforme a la OF 8/2023. Ver anexo 1 en la convocatoria.

Para todos los tipos: No haber realizado la misma o similar actividad en los 5 años anteriores.

Actividades de diversificación

  • Servicios profesionales (ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros).
  • Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
  • Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
  • Actividades orientadas al bienestar, salud y formación de las personas.
  • Establecimiento de talleres, industrias, locales, gremios de construcción o transporte de mercancías.
  • Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  • Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultura y la silvicultura, o la población rural. Se consideran como servicios a la agricultura y silvicultura aquellos servicios complementarios a las labores agrícolas y forestales (provisión de productos, asesoramiento, mantenimiento de maquinaria, etc.), siempre que se pueda probar que no se trata de labores preparatorias para la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.
  • Actividades de bioeconomía circular.
  • Actividades de agroturismo, turismo rural, ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o relacionadas con el desarrollo económico territorial, tales como obradores o comercios locales.

Cuantía

  • Tipo A.1: Prima de 20.000 euros. Compromiso de 6.000 euros de ingresos.
  • Tipo A.2: Prima de 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y porcentaje de ingresos final superior al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
  • Tipo B.2: Prima de 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y porcentaje de ingresos final superior al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.

Plazo de presentación de solicitudes: 16/10/26 – 15/12/26

Más información: Ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales 2026

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