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05/07/2024
El pasado 26 de junio, se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 4/2024 por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo, que contiene medidas fiscales que Navarra debe aplicar.
Con efectos desde 1 de enero de 2025 tributarán al tipo reducido del 4 por ciento los siguientes productos:
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración de pan común.
- Las harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
- Los aceites de Oliva.
Desde esta misma fecha pasarán a tributar al 10 por ciento los siguientes productos:
- Los aceites de semillas.
- Las pastas Alimenticias.