Aplicación en Navarra de los nuevos tipos de IVA

Aplicación en Navarra de los nuevos tipos de IVA

Aplicación en Navarra de los nuevos tipos de IVA

Noticias

04/01/2024

El pasado 28 de diciembre, se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 8/2023 por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, que contiene medidas fiscales que Navarra debe aplicar.

Tipos impositivos aplicables temporalmente del IVA a determinadas entregas, importaciones y AIB de alimentos, así como a efectos del recargo de equivalencia

Con efectos desde el 1 enero de 2023 y vigencia hasta el 30 de junio de 2024:

  • Se aplicará el tipo del 5 por ciento del IVA a las entregas, importaciones y AIB de
    • a) aceites de oliva y de semillas.
    • b) pastas alimenticias.
    • El tipo de recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,62 por ciento.
  • Se aplicará el tipo del 0 por ciento de IVA a las entregas, importaciones y AIB de
    • a) El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración de pan común.
    • b) Las harinas panificables.
    • c) Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
    • d) Los quesos.
    • e) Los huevos.
    • f) Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
    • El tipo de recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0 por ciento.

Con efectos desde el 1 de enero de 2024 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 :

  • Se aplicará el tipo del 10 por ciento del IVA a determinados suministros de energía eléctrica a los que les resultaba ya aplicable el tipo reducido de IVA del 5 por ciento.

Con efectos desde el 1 de enero de 2024 y vigencia hasta el 31 de marzo de 2024 se aplicará el tipo del 10 por ciento de IVA a las entregas, importaciones y AIB de gas natural.

Con efectos desde el 1 de enero de 2024 y vigencia hasta el 30 de junio de 2024 se aplicará el tipo del 10 por ciento de IVA a las entregas, importaciones y AIB de briquetas y “pellets” procedentes de la biomasa y a la madera para leña.

Tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad

  • Durante el primer trimestre del 2024 el tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad se fija en el 2,5 por ciento y durante el segundo trimestre en el 3,8 por ciento.

Se atenúa la medida excepcional de suspensión del IVPEE, incorporando reglas de determinación de la base imponible tanto de los pagos fraccionados como de la declaración anual.

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