Subvenciones para el fomento de las patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior de la Oficina Española de Patentes y Marcas para el año 2024

Subvenciones para el fomento de las patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior de la Oficina Española de Patentes y Marcas para el año 2024

Subvenciones para el fomento de las patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior de la Oficina Española de Patentes y Marcas para el año 2024

Ayudas y subvenciones, Propiedad intelectual

19/04/2024

¿Para qué es la ayuda?

  • Programa a): Estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes o de los modelos de utilidad, el objetivo del presente programa es mejorar la competitividad de las empresas que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España.
  • Programa b): Estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de las personas físicas, dichas subvenciones se concentran en financiar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conlleven el pago de una tasa.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Programa a): La persona con residencia y domicilio fiscal en España que haya realizado directamente o a través de un representante la actividad objeto de la subvención, siempre que, siendo el titular de la solicitud de patente o modelo de utilidad en el extranjero, reúna alguno de los siguientes requisitos:

  • Que sea una persona física.
  • Que sea considerado PYME.
  • Que sea una gran empresa privada.
  • Que sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

Programa b): La persona con residencia y domicilio fiscal en España que haya realizado directamente o a través de un representante la actividad objeto de la subvención cuya finalidad figura en el apartado vigésimo tercero de la presente convocatoria, siempre que, siendo el titular de la solicitud de patente o modelo de utilidad español, reúna alguno de los siguientes requisitos:

  • Que sea una persona física.
  • Que sea considerado PYME.

Líneas de actuación

a) Programa de subvenciones para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior.

b) Programa de subvenciones para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para las PYME y las personas físicas.

¿En qué consiste la ayuda?

Programa a):

  • La subvención no podrá superar el 80 % de los importes señalados en el Anexo I.
  • En caso de que el solicitante sea considerado PYME o sea una persona física, la subvención no podrá superar el 90 % de dichos importes.
  • El importe máximo individualizado de las subvenciones concedidas será de 60.000 euros para cada uno de los solicitantes de esta convocatoria, salvo en el caso de las PYME o las personas físicas, cuyo importe máximo individualizado será de 65.000 euros

Programa b):

  • La subvención no podrá superar el 90 % de los importes señalados en el Anexo II.
  • El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 65.000 euros para cada uno de los solicitantes de esta convocatoria

¿Qué gastos o acciones me cubre?

Programa a):

  • La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad, de conformidad con lo establecido en el apartado décimo octavo de la presente convocatoria, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, en el marco de procedimientos de concesión de patentes o de modelos de utilidad nacionales o regionales.
  • Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT.

Programa b):

  • La solicitud de un modelo de utilidad español.
  • La realización del IET para los modelos de utilidad.
  • La solicitud de una patente española.
  • La realización del IET para las solicitudes de patentes españolas.
  • La realización del examen sustantivo para las solicitudes de patentes españolas

Ayuda máxima a recibir

65.000€.

 

PLAZO DE SOLICITUD: del 19/04/2024 y cierre el 20/05/2024.

MÁS INFORMACIÓN: aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda

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