Subvenciones caducadas
01/10/2025
¿Para qué es esta ayuda?
La finalidad de la subvención es fomentar la realización de inversiones en electrodomésticos y equipos que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética, promoviendo así la sostenibilidad y el cumplimiento de los objetivos climáticos establecidos en la normativa vigente. Se busca incentivar a las entidades a adoptar tecnologías más eficientes y respetuosas con el medio ambiente, garantizando que las actuaciones subvencionadas no causen un perjuicio significativo al entorno.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Las PYMEs del sector turístico enogastronómico.
La actividad económica deberá estar clasificada bajo alguno de los siguientes códigos CNAE:
- 5610 Restaurantes.
- 5630 Establecimientos de bebidas
- 1014 Producción ganadera (incluidas las granjas escuelas)
- 1043 Fabricación de aceite de oliva
- 1053 Fabricación de quesos
- 1102 Elaboración de vinos
- 1103 Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas
- 1105 Fabricación de cerveza
- 15332 Elaboración de conservas vegetales
- 9102 Actividades de museos
- 9329 Actividades recreativas y de entretenimiento.
¿En qué consiste la ayuda?
La subvención prevista en esta convocatoria consiste en una ayuda a fondo perdido del 80% sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).
- Inversión mínima requerida: 3.000 euros.
- Presupuesto máximo subvencionable: 100.000 euros.
¿Qué gastos o acciones cubre la ayuda?
Serán actuaciones subvencionables las de sustitución de los siguientes aparatos electrodomésticos, con la finalidad de mejorar la oferta enogastronómica del establecimiento:
- Aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales (cámaras de conservación de vinos, expositores, minibares) por equipos nuevos con puertas, con etiquetado de alta clase energética.
- Aparatos de equipamiento de cocina: hornos industriales, abrillantadores de cubiertos, lavavajillas y trenes de lavado, por equipos nuevos con etiquetados de alta clase energética de conformidad con la legislación en vigor.
- Sustitución de cocinas de gas por cocinas eléctricas y/o sustitución de placas radiantes por inducción
¿Existen exclusiones?
Se excluyen las actividades encuadradas en los siguientes epígrafes del I.A.E.:
- 674.5. Servicios que se presten en sociedades, círculos, casinos, clubes y establecimientos análogos.
- 674.6. Servicios establecidos en teatros y demás espectáculos que únicamente permanecen abiertos durante las horas del espectáculo.
- 674.7. Servicios que se presten en parques o recintos feriales
Plazo de solicitud
Hasta el 31/10/2025.
Más información aquí.
Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide para aclarar cualquier duda.