Ayudas al emprendimiento, fomento del empleo, renovación, reforma y apertura de actividades empresariales y mejora de la competitividad empresarial en Guesálaz

Ayudas al emprendimiento, fomento del empleo, renovación, reforma y apertura de actividades empresariales y mejora de la competitividad empresarial en Guesálaz

Ayudas al emprendimiento, fomento del empleo, renovación, reforma y apertura de actividades empresariales y mejora de la competitividad empresarial en Guesálaz

Ayudas y subvenciones, Emprendimiento

28/03/2025

Línea 1: Ayuda a la creación de nuevas actividades empresariales

Requisitos específicos:

  1. Empresas de nueva creación jurídica. No se admiten ampliaciones, delegaciones o transformaciones de empresas existentes.
  2. Los titulares no deben haber ejercido la misma actividad en los últimos 3 años en Guesálaz.
  3. Alta en el impuesto de actividades económicas entre el 1 de octubre del año anterior y el 30 de septiembre del año en curso.
  4. Solicitud y abono de las licencias municipales necesarias.
  5. Mantenimiento del proyecto durante 12 meses desde el alta inicial en el impuesto de actividades económicas.
  6. Conservar documentos justificativos de los fondos percibidos.

Exclusiones específicas:

  • Personas o empresas que hayan recibido subvenciones por esta línea en años anteriores para actividades similares.
  • Nuevas altas en epígrafes del impuesto de actividades económicas que no impliquen una nueva actividad económica.
  • Traspasos entre personas con vínculos familiares o de afinidad hasta el tercer grado.

Línea 2: Ayudas al fomento del empleo

Requisitos específicos:

  1. Contratos de al menos 3 meses consecutivos que supongan un incremento de la plantilla respecto al año anterior.
  2. Sustitución de trabajadores en caso de baja, en un plazo de 1 mes, comunicándolo al Ayuntamiento en 15 días.
  3. Presentación de nóminas y justificantes de abono de las mismas.

Exclusiones específicas:

  • Contrataciones de cónyuges, ascendientes, descendientes o parientes hasta el segundo grado del empresario.
  • Contrataciones de promotores o socios de la empresa.
  • Empresas de trabajo temporal.

Cuantía de la ayuda:

  • 300 euros por contrato de 3 meses.
  • Si el contrato es a tiempo parcial, la ayuda se reduce proporcionalmente.

Línea 3: Ayudas para el mantenimiento de empresas existentes

Requisitos específicos:

  1. Personas físicas, jurídicas o sociedades irregulares titulares de actividades empresariales dadas de alta en el impuesto de actividades económicas.
  2. Alta en el impuesto de actividades económicas en el momento de la resolución definitiva si se trata de una nueva actividad.
  3. Estar al corriente de las obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento.
  4. Mantener la actividad empresarial durante 12 meses desde la concesión de la subvención.

Actuaciones subvencionables:

  • Gasto de personal contratado por cuenta ajena (mínimo 3 meses).
  • Mantenimiento de sistemas productivos y de seguridad (vehículos, sistemas de control de accesos, frío/calor industrial, alarmas, etc.).
  • Participación en ferias o concursos.
  • Gastos publicitarios.

Exclusiones específicas:

  • Trabajos realizados por la propia empresa solicitante o por empresas vinculadas.
  • Adquisición de activos mediante leasing o renting.
  • Gastos no estrictamente necesarios para la actividad empresarial.

Plazo de solicitud:

Anualmente se publicarán en el tablón de anuncios del ayuntamiento un anuncio abriendo el plazo en el que se pueden presentar las solicitudes.

Más información aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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