Subvenciones para inversiones en gestión de residuos en el sector turístico enogastronómico de Navarra

Subvenciones para inversiones en gestión de residuos en el sector turístico enogastronómico de Navarra

Subvenciones para inversiones en gestión de residuos en el sector turístico enogastronómico de Navarra

Subvenciones caducadas

20/05/2025

¿Para qué es la ayuda?

Podrán ser objeto de subvención al amparo de esta convocatoria la ejecución de proyectos para minimizar el impacto medioambiental provocado por los residuos generados en la actividad de las empresas del sector turístico enogastronómico.

¿Quién puede pedirla?

Las PYMEs del sector turístico enogastronómico de Navarra.

La actividad económica deberá estar clasifcada bajo alguno de los siguientes códigos de la CNAE:

a) 5610 Restaurantes.

b) Los códigos relacionados a continuación, siempre que las empresas, además de la actividad principal a la que corresponde el código CNAE, ofrezcan experiencias enogastronómicas en Navarra.

  • 014 Producción ganadera (incluidas las granjas escuelas).
  • 1043 Fabricación de aceite de oliva.
  • 1053 Fabricación de quesos.
  • 1102 Elaboración de vinos.
  • 1103 Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas.
  • 1105 Fabricación de cerveza.
  • 15332 Elaboración de conservas vegetales.
  • 9102 Actividades de museos.
  • 9329 Actividades recreativas y de entretenimiento

¿En qué consiste la ayuda?

La inversión mínima requerida será de 5.000 euros y el presupuesto máximo subvencionable 60.000 euros.

Con carácter general, la subvención prevista en esta convocatoria consiste en una ayuda a fondo perdido del 80% sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).

¿Qué gastos o acciones me cubre?

Se consideran subvencionables como inversiones que permitan mejorar la gestión de residuos orgánicos e inorgánicos:

  • Elementos como contenedores o cubos para la separación de residuos generados en los establecimientos turísticos.
  • Prensas y compactadoras de residuos (cartón, plástico, latas…) y trituradoras de vidrio.
  • Sistemas de compostaje para el reciclado en origen de los residuos de la actividad.
  • Soluciones tecnológicas para el tratamiento de las aguas residuales y otros residuos (aceite, posos de café…) generados en los establecimientos y su posterior reutilización.
  • Fuentes de agua potable filtrada para beber y rellenar botellas reutilizables.
  • Software y hardware para la medición y reducción del desperdicio alimentario.
  • Aplicaciones para la venta o donación del excedente alimentario.
  • Mobiliario fabricado 100% con material reciclable y de origen reciclado.

Plazos de ejecución de la ayuda

Las actuaciones deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite el 31 de enero de 2026. A estos efectos, se entenderá que se han ejecutado cuando se hayan realizado, facturado y pagado en ese periodo

Plazo de solicitudes

Desde 13/05/2025 a 10/06/2025.

Mas información aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide para aclarar cualquier duda.

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