Ayudas y subvenciones, Igualdad
18/05/2022
¿Quiénes son los beneficiarios?
- Entidades sin ánimo de lucro.
- Entidades sin ánimo de lucro y empresas con centros de trabajo ubicados en Navarra con una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras.
¿Qué proyectos se subvencionarán?
Se subvencionarán dos tipos de proyectos:
- Proyectos de implantación, desarrollo y aplicación de metodologías en materia de conciliación o de integración de la igualdad de género en entidades o empresas navarras, a realizar entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2022: 100% del presupuesto del proyecto con un máximo de 60.000€.
- Proyectos de ejecución de acciones en materia de igualdad de entidades sin ánimo de lucro y empresas, a realizar por servicios de asistencia o consultoría técnica externa (contratación mínima de 40 horas a realizar entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2022): 100% del presupuesto del proyecto con un máximo de 5.000€
Tres modalidades de proyectos:
- Ejecución de acciones previstas en planes de igualdad vigentes y adaptados al Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
- Ejecución de acciones previstas en planes de igualdad no adaptados al citado RD 901/2020, elaborados o reactivados en los últimos 5 años (desde el 1/1/2017 hasta el 31/12/2021) así como elaboración de la auditoría retributiva.
- En empresas o entidades que no cuentan con planes de igualdad, ejecución de acciones exclusivamente en los siguientes ámbitos:
- Diagnóstico de situación elaborado conforme a lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 901/2020.
- Fomento de la corresponsabilidad entre mujeres y hombres a través de medidas de conciliación de la vida laboral y familiar expresamente dirigidas a los hombres trabajadores de la empresa.
- Corrección de la segregación laboral de mujeres y hombres, tanto vertical como horizontal.
- Implantación de procedimientos de selección de personal y de promoción interna que sean objetivos.
- Elaboración de auditoría retributiva en los términos establecidos por los artículos 7 y 8 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de Igualdad Retributiva entre Mujeres y Hombres.
¿Cuál es el plazo de presentación?
Hasta el 22/5/2022
Más información
Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.