Subvención para fomentar el traspaso de comercios centenarios y longevos de Pamplona
19/08/2025
Se subvencionará el 50% del coste del alquiler mensual, con un importe máximo de 600 euros al mes. 60% si el comercio está sin actividad, si el contrato de alquiler incluye una opción de compra proyectos del programa Lekuko. Además, se subvencionarán con un máximo de 2.000 euros los gastos corrientes derivados del inicio de la actividad, como son los gastos de notaría, de registro, de imagen de marca, página web, nombre de dominio, diseño de logotipos y cuotas de autónomos. Máximo de 7.200 euros por establecimiento.
Se subvencionarán gastos generados desde el 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025, siempre que el negocio traspasado mantenga la misma actividad o ésta esté vinculada o sea complementaria a la original.
Personas físicas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, así como las personas jurídicas legamente constituidas, que hayan iniciado nuevas actividades económicas a partir del 1 de enero, siempre y cuando esas actividades sean continuidad de comercios que tengan la condición de centenarios (iniciados en una fecha anterior a 1926) o longevos (iniciados en una fecha anterior a 1946).
Hasta el 15 de noviembre de 2025, siempre que haya existencia de crédito en la partida presupuestaria.
Más información aquí.
Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.