Kit Digital

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Ayudas y subvenciones, Digitalización

02/03/2023

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

¿A quién va dirigido?

Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio y tener una antigüedad mínima de 6 meses.

¿Cuáles son los importes de esta ayuda?

Segmentos de beneficiarios Importe bono digital
Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados 12.000 €
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados 6.000 €
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo 2.000 €

 

¿Qué soluciones digitales están incluidas?

Pincha en cada una de ellas para obtener más información.

¿Cómo puedes solicitar tu bono Kit Digital?

  1. Regístrate en el área privada  de la web de Acelera Pyme y completa el test de diagnóstico digital.
  2. Consulta la información disponible de las soluciones de digitalización que pondrá a tu disposición el programa Kit Digital.
  3. Si quieres que te lo tramitemos o necesitas ayuda para tramitarlo puedes ponerte en contacto con el Departamento Jurídico de Pyramide.

 

¿Cómo puedes emplear tu bono Kit Digital?

  1. Consulta aquí el Catálogo de Agentes Digitalizadores adheridos al Programa Kit Digital
  2. Ponte en contacto con el Agente seleccionado.

Plazos

El plazo para el SEGMENTO I (Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados) es desde el 15 de marzo de 2022 a las 11:00 y hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 o agotamiento de fondos.

El plazo para el SEGMENTO II (Pequeñas empresas de entre 3 y menos de 10 empleados) es desde el 2 de septiembre de 2022 a las 11:00 y hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 o agotamiento de fondos.

El plazo para el SEGMENTO III, (Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo) es desde el 20 de octubre de 2022 a las 11:00 y hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 o agotamiento de fondos.

Las ayudas se concederán por orden de presentación de solicitudes.

MÁS INFORMACIÓN: aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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