Ayudas y subvenciones, Contratación, Empleo
11/03/2026
Ayudas para establecer incentivos para el fomento de la contratación y la estabilidad en el empleo subvencionando la contratación laboral de personas desempleadas, empadronadas en Zizur Mayor, con una antigüedad mínima de un año e inscritos en las Agencias de Empleo del Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare.
¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas y cuáles son los requisitos?
Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan los siguientes requisitos:
- Contratar trabajadores desempleados inscritos en el Servicio Navarro de Empleo y empadronados en el municipio del Ayuntamiento de Zizur Mayor con una antigüedad mínima de 1 año.
- Los trabajadores no podrán haber tenido una vinculación laboral con la empresa contratante por medio de contrato indefinido al menos los veinticuatro meses anteriores a la supuesta contratación.
- La empresa beneficiaria está obligada a cumplir el periodo de mantenimiento de los contratos subvencionados, que en los supuestos de contratación indefinida, bien inicial o por transformación, será de dos años. Asimismo, debe mantener al menos el incremento de la plantilla que haya supuesto la nueva contratación y el número de trabajadores/as fijos.
¿Qué contratos son subvencionables y cuál es la cuantía de las ayudas por contrato realizado?
Serán objeto de subvención, aquellas contrataciones que se hayan realizado desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026, siempre que supongan un incremento de la plantilla total de la empresa respecto de la existente en los 6 meses anteriores a la fecha de la nueva contratación.
En concreto, serán subvencionables los siguientes tipos de contratos:
- Contratos de duración indefinida, incluidos los fijos discontinuos con una duración mínima de 24 meses: 2.000 €
- Contratos de duración determinada (art.15.1.a)b) ET) con una duración mínima de 12 meses, excepto en los contratos del citado apartado b )cuando el convenio colectivo sectorial no lo permita; la duración mínima será la establecida en dicho convenio y, en todo caso, con un mínimo de 6 meses. A los efectos de plantilla total no se tendrán en cuenta los y las trabajadoras con contrato de interinidad.: 1.000 €.
- Contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad, regulados en la DA1ª de la ley 43/2006, de 29 de diciembre: 500 €
- Contratos de formación con una duración mínima de un año (art. 11.2a ET): 900 €
- Contratos en prácticas con una duración mínima de seis meses (art. 11.1 ET): 500 €
*Los incentivos anteriores se prorratearán en proporción al tiempo de trabajo efectivo en el caso de los trabajos a jornada parcial y siempre que la duración mínima sea el 50% de la jornada
*Estas cuantías se aumentarán en un 10% en las contrataciones que se realicen a los siguientes grupos:
- Personas jóvenes menores de 30 años.
- Personas mayores de 45 años.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Personas que pertenezcan a unidades familiares donde todos sus miembros en edad laboral estén desempleados.
¿Cuáles son los plazos de solicitud?
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación definitiva de la convocatoria en el B.O.N núm.47 de 5 de Marzo, siendo la fecha tope de finalización de presentación de solicitudes de subvención en esta convocatoria el 1 de noviembre de 2026. La solicitud estará dirigida al Ayuntamiento de Zizur Mayor y será presentada en el registro de la citada entidad. www.zizurmayor.es.
BASES DE LA CONVOCATORIA aquí.
Contacta con el Departamento Laboral de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.