Fiscal
10/12/2024
Son dos novedades que entraran en vigor en un futuro cercano, modificaran nuestra forma de trabajar en las relaciones empresariales y la comunicación con las distintas Haciendas Tributarias.
Nos gustaría dejar claro varias cosas:
- No son lo mismo.
- No tienen el mismo objetivo.
- No afecta a todas las empresas por igual.
A continuación, resumimos brevemente cada una:
Sistema Veri*Factu:
- Los Sistemas Informáticos de Facturación deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
- Objetivo: lucha contra el fraude fiscal (evitar el software de “doble uso”).
- Obligación: Contribuyentes del IS (salvo entidades exentas), del IRPF que desarrollen actividades económicas, del IRNR con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas.
- Exclusión del cumplimiento: Contribuyentes pertenecientes a las Haciendas forales, que se acogen al SII y aquellos que no estén obligados a emitir facturas.
- Entrada en vigor prevista para 1 de enero de 2026.
Factura electrónica:
- Expedir, remitir y recibir facturas electrónicas obligatoriamente para operaciones entre empresas y profesionales (B2B).
- Objetivo: Lucha contra la morosidad (Observatorio Estatal de Morosidad Privada).
- Obligación: Empresas y profesionales con obligación a expedir y entregar facturas cuando se dirijan a una empresa o profesional con sede o EP en España.
- Operaciones excluidas: operaciones con facturas simplificadas, salvo cualificadas.
- Entrada en vigor pendiente de la publicación en el BOE del Reglamento que desarrolla la Ley Crea y Crece.
Contacta con el Departamento Fiscal de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.