Ayudas al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable

Ayudas al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable

Ayudas al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable

Subvenciones caducadas

04/11/2021

OBJETO: Incentivar el  autoconsumo  y  almacenamiento,  con fuentes de energía renovable en Navarra

Programas de incentivos

  • Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
    Guía Programa 1
  • Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
    Guía Programa 2
  • Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
    Guía Programa 3
  • Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
    Guía Programa 4
  • Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
    Guía Programa 5
  • Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
    Guía Programa 6

 

¿Cuáles son los requisitos?

  • En los programas de incentivos 1, 2 y 3 solo se admitirán actuaciones por parte de los destinatarios últimos de las ayudas iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.
  • En los programas de incentivos 4, 5 y 6 solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad al 30 de junio de 2021.
  • Lo anterior aplica sin perjuicio de la realización de las correspondientes actuaciones preparatorias que sean necesarias para presentar la solicitud o llevar a cabo las correspondientes inversiones, como pueden ser proyecto, memorias técnicas, certificados, sondeos exploratorios y ensayos TRT para el caso de instalaciones geotérmicas y campaña de mediciones del recurso eólico que sí podrán ser considerados subvencionables, aun cuando hubieran sido facturados con anterioridad a la solicitud siempre que, en todo caso, estas actuaciones preparatorias se hubieran iniciado con posterioridad al 30 de junio.
  • Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones que pudieran concederse para la misma finalidad por cualquier organismo.

 

¿Cuáles son los importes de estas ayudas?

Consulta aquí las tablas con el desglose de los importes de cada uno de los programas de incentivos.

¿Cuál es el plazo de presentación?

Desde el 10/11/2021 hasta el 31/12/2023.

Más información aquí.
Preguntas frecuentes aquí.
Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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