Ayudas y subvenciones
08/04/2024
¿A quién van dirigidas?
Cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Descripción de las ayudas
Subvención de cuantía variable (a partir de 2.000 euros), en función de las circunstancias personales de quien se incorpora a la empresa.
Las empresas beneficiarias asumirán la obligación de mantener, al menos durante dos años (a contar desde la fecha de la concesión de la ayuda), como socia trabajadora a la persona o personas por cuya incorporación se concede la ayuda o, caso de que cause baja, a sustituirla por otra persona y por el período que reste hasta completar los dos años.
Plazos de presentación:
- Aquellas Empresas que hayan incorporado socios trabajadores con carácter indefinido a partir del 1 de noviembre de 2023 y antes del 26 de marzo de 2024, fecha de publicación de la autorización del gasto de 2024, tendrán un plazo de solicitud de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de la autorización del gasto ( hasta el 26 de abril de 2024).
- Aquellas Empresas cuya incorporación de socios trabajadores con carácter indefinido sea posterior a la autorización del gasto, tendrán un plazo de solicitud de un mes contado desde el día del alta, o variación de datos, en la Seguridad Social.
- En el supuesto de producirse el alta en el Régimen de autónomos, la fecha que se considerará a todos los efectos será la reconocida por la Tesorería de la Seguridad Social en el momento del alta.
- En todo caso, el plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2024.
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