Abono de cuotas de Seguridad Social por capitalización del desempleo

Abono de cuotas de Seguridad Social por capitalización del desempleo

Abono de cuotas de Seguridad Social por capitalización del desempleo

Ayudas y subvenciones, Emprendimiento

20/05/2024

¿Para qué es la ayuda?

Propiciar la iniciativa de autoempleo de los trabajadores desempleados, facilitando la realización de un trabajo por cuenta propia o la incorporación como socios a Cooperativas de trabajo asociado o a Sociedades laborales, a aquellas personas que hubieran perdido su trabajo anterior.

¿Quién puede pedirla?

  • a) Personas en desempleo que se incorporen a una cooperativa o sociedad laboral como personas socias trabajadoras.
  • b) Personas en desempleo que se constituyan como personal trabajador autónomo y hayan capitalizado el desempleo en la modalidad de pago único.

¿En qué consiste la ayuda?

Se abonará el 50% de la cuota mínima del régimen autónomo de la Seguridad Social o el 100% de la aportación de la persona trabajadora al régimen general de Seguridad Social, durante el tiempo que se hubiera percibido la prestación por desempleo si no se ha percibido en su modalidad de pago único.

¿Cuáles son los plazos para la solicitud?

El plazo para presentar los boletines de cotización, a efectos del abono de las subvenciones, expira una vez transcurridos seis meses contados a partir del mes objeto de subvención.

Más información aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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