Novedades Permiso de nacimiento y cuidado del menor (RD-Ley 9/2025 de 29 de Julio)
29/08/2025
BOE: Número 182 de 30 de Julio
Entrada en vigor: 31 de Julio de 2025
Se amplía el permiso de nacimiento y cuidado de menor, modificando el Estatuto de los Trabajadores, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad social, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores.
1.- Incrementa con carácter general la duración del permiso de nacimiento y cuidados, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento, que pasa a ser de 19 semanas (antes 16) para cada progenitor. Si la familia es monoparental, el periodo de suspensión será de 32 semanas.
Se traslada el mismo incremento y distribución al sector público, modificándose la Ley del Estatuto Básico del Empleado publico
El permiso se distribuye de la siguiente manera.
Las suspensiones del contrato previstas en las letras b) y c) podrán disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, y conforme se determine reglamentariamente.
Régimen Transitorio:
Las dos semanas del permiso por nacimiento y cuidado de menor que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los ocho años de edad (cuatro en el caso de monoparentalidad), serán de aplicación a los nacimientos o adopciones producidos a partir del 2 de agosto de 2024. Las dos semanas de permiso parental retribuido pueden disfrutarse de manera flexible, en los períodos o jornadas parciales de trabajo que elijan las familias.
El coste del nuevo permiso es asumido por la Seguridad Social, El disfrute de dichas semanas y la prestación económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de Enero de 2026.
Contacta con el Departamento Laboral de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.