Fomento del autoempleo en Zizur Mayor. Proyecto “Inicia 2023”

Fomento del autoempleo en Zizur Mayor. Proyecto “Inicia 2023”

Fomento del autoempleo en Zizur Mayor. Proyecto “Inicia 2023”

Subvenciones caducadas

08/08/2023

Ayuda de carácter económico para cubrir los gastos iniciales y gastos generales de los primeros meses generados por la creación de empresa. A estos efectos, la fecha de inicio de actividad se considerará la fecha de alta en el IAE.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Autónomos que hayan comenzado la actividad empresarial entre el 1 de octubre de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2023.

La persona beneficiaria deberá estar empadronada en Zizur Mayor, excepto cuando la actividad se ejerza en un local y oficina ubicado en la localidad con un uso diferente al de vivienda.

Autónomos que presentaron la solicitud en plazo y forma correcta para la convocatoria del año 2022, pero no fueron cubiertas, total o parcialmente.

Los beneficiarios deberán mantener y justificar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda durante un año a partir de la fecha de alta en el IAE.

Exclusiones:

  • Personas trabajadoras autónomas que hayan estado de alta en el censo de autónomos en el mismo o similar epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas en Zizur Mayor en los doce meses inmediatamente anteriores al inicio de la actividad.
  • Las empresas que procedan de un cambio de denominación, forma jurídica, ampliación de capital o de una modificación estructural de una empresa preexistente.
  • No se considerarán nuevas actividades económicas las ampliaciones de actividad, es decir, las altas en un nuevo epígrafe de IAE manteniendo la actividad inicial.
  • No se subvencionarán aquellas actividades económicas que ya hubieren percibido subvención en anteriores ediciones de esta convocatoria.
  • Quedarán excluidas los traspasos de actividades económicas derivados de una donación o sucesión hereditaria.

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Gastos corrientes de alquiler de local ubicado en Zizur Mayor, siempre y cuando el alquiler haya sido declarado en el IAE antes de la presentación de la solicitud de subvención.

Quedan excluidos: -Los alquileres en los que exista relación jurídica o de parentesco, hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, entre la parte arrendataria y arrendadora; o cuando alguna persona, física o jurídica, sea al mismo tiempo arrendadora y arrendataria. -Los alquileres que tenga la sede de su negocio en su vivienda habitual. -Los conceptos de fianzas y garantías. Los importes pagados por adelantado. Las tarifas por el uso del Coworking Zizurlan.

  • Gastos de agua, calefacción, luz, teléfono, internet (adscrito a la actividad económica).

Quedan excluidos: Los gastos que tengan la sede de su negocio en su vivienda habitual. Se excluyen los derechos de enganche

  • Cuotas de la Seguridad Social.
  • Cuotas de Colegios Profesionales.
  • Asesoría afecta a la actividad económica.
  • Seguros afectos a la actividad económica.
  • Gastos de Publicidad. Con un límite de 450 €.
  • Gastos Notariales ocasionados por el inicio de la actividad.
  • Licencia de apertura.
  • Gastos de creación de página web y aplicaciones informáticas. Con un límite de 650€.

¿Cuál es el importe de la subvención?

  • General: 1.500 €.
  • Personas empadronadas en el municipio de Zizur Mayor con 1 año de antigüedad anterior al alta en el IAE: 1.600 €:
  • Personas desempleadas de larga duración (inscritos durante 12 meses en los últimos 18 en el Servicio Navarro de Empleo: 1.700 €:
  • Personas desempleadas con edades comprendidas entre los 25 y 34 años: 1.800 €.
  • Personas desempleadas con edades comprendidas entre los 35 y 55 años: 1.900 €.
  • Personas desempleadas con discapacidad superior al 33%: 2000 €:
  • En el supuesto en el que las personas beneficiarias justifiquen gastos de alquiler de local ubicado en Zizur Mayor, las cantidades se incrementarán en un 20%, siempre y cuando el local esté declarado en el IAE al inicio de la solicitud de subvención. En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades se incrementarán en un 10%.

PLAZO DE SOLICITUD: 30 de octubre de 2023.

MÁS INFORMACIÓN: Aquí.

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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