Apoyo a la inversión en PYMES industriales 2022

Apoyo a la inversión en PYMES industriales 2022

Apoyo a la inversión en PYMES industriales 2022

Subvenciones caducadas

09/06/2022

¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?

Fomentar la inversión en las pymes industriales navarras, con el fin de reforzar el crecimiento sostenible y la competitividad de las mismas y la creación de empleo en ellas.

¿Quiénes son los beneficiarios?

a) PYMES que tengan o vayan a tener un establecimiento en Navarra.
b) Realicen alguna de las siguientes actividades:

  • Industrias manufactureras (Sector C CNAE-2009), con la excepción de las industrias agroalimentarias.
  • Suministro de vapor y aire acondicionado (CNAE-2009: 353 de la sección D).
  • Tratamiento y eliminación de residuos; valorización y actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos (CNAE-2009: 382, 383 y 390 de la sección E).
  • Actividades de logística como depósito y almacenamiento, manipulación de mercaderías y otras actividades anexas al transporte (CNAE-2009: 521, 5224 y 5229 de la sección H).
  • Actividades de información y comunicaciones (Sector J de la CNAE-2009).
  • Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico (CNAE-2009: 71.12 y 712 de la sección M).
  • Investigación y desarrollo (CNAE-2009: 72 de la sección M).
  • Actividades de diseño especializado (CNAE-2009: 741 de la sección M).

c) Estén inscritas en el Registro Industrial de Navarra, cuando así proceda.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

a) La creación de un nuevo establecimiento.
b) La ampliación de un establecimiento existente.
c) La diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales.
d) Un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
e) La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento, cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • Que el establecimiento haya cerrado o habría cerrado si no hubiera sido adquirido.
  • Que los activos sean adquiridos a un tercero no relacionado con el comprador.
  • Que la operación tenga lugar en condiciones de mercado.
  • Cuando un miembro de la familia del propietario inicial o un empleado se haga cargo de una pequeña empresa, no se aplicará la condición de que los activos deban ser adquiridos a terceros no relacionados con el comprador. La mera adquisición de las acciones de una empresa no constituirá una inversión.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Proyectos cortos: Entre la fecha de solicitud de las ayudas y el 15 de junio de 2023, cuando la empresa indique en la solicitud que el proyecto finalizará para esa fecha.
  • Proyectos largos: Entre la fecha de solicitud de las ayudas y el 15 de junio de 2024, cuando la empresa indique en la solicitud que el proyecto de inversión finalizará con posterioridad al 15 de junio de 2023.

¿Cuál es el presupuesto mínimo del proyecto?

Microempresa: 15.000€

Pequeña: 50.000€

Mediana: 100.000€

¿Qué costes son subvencionables?

  • La adquisición de terrenos para uso industrial, será subvencionable por un importe que no exceda del 10% del coste total subvencionable.
  • La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
  • La adquisición de maquinaria y equipos, instalaciones y activos inmateriales.
  • Otros costes vinculados a los anteriores, tales como licencias de obra, de actividad y de apertura, u honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería, con el límite del 20% del coste de aquellos.

¿Cuáles son los requisitos de los bienes?

  • Las adquisiciones de terrenos y de bienes inmuebles serán subvencionables por un importe que no podrá superar su valor de mercado, lo que se acreditará mediante certificado de tasador independiente. Este certificado no será necesario en el caso de adquisiciones mediante expropiación forzosa o en un proceso concursal.
  • Los bienes de segunda mano serán subvencionables cuando conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes, no hayan sido objeto de ninguna subvención y que el precio no sea superior al valor de mercado.
  • Si alguno de los gastos supera los 12.000 euros (suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por arquitectos e ingenieros) o los 30.000 euros (en el supuesto de coste por ejecución de obra) deberán presentarse un mínimo de tres ofertas y justificar la elección con criterios de eficiencia y economía.
  • En caso de recibir la subvención, existe la obligación de mantener la inversión subvencionada afecta a la actividad económica de la empresa y en Navarra, al menos durante siete años en el caso de bienes inmuebles inscribibles en un registro público y de tres años para el resto de bienes, a contar desde la fecha de la resolución de abono de la ayuda.
  • Las inversiones deben activarse en el inmovilizado de la empresa en cuentas específicas e identificativas del proyecto de inversión.
  • Los activos inmateriales deberán cumplir todas las siguientes condiciones:
    • a) Se considerarán activos amortizables.
    • b) Se adquirirán en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.
    • c) Se utilizarán exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda.

¿Cuál es el importe de la subvención?

  • Mediana 10%
  • Pequeña 18%
  • Microempresa 20%

El importe de ayuda máxima por empresa beneficiaria será de 1.000.000 euros.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Hasta el 30 de septiembre de 2022.

MÁS INFORMACIÓN: aquí

Contacta con el Departamento Jurídico de Pyramide Asesores para aclarar cualquier duda.

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